Resolución M.T. y S.S. 890/92

RESOLUCION M.T. y S.S. 890/92
Buenos Aires, 8 de setiembre de 1992
B.O.: 15/9/92

Obras sociales. Ejercicio de fiscalización y ejecución de aportes y contribuciones. Derecho de la Administración Nacional de la Seguridad Social de fiscalizar y ejecutar cuando las circunstancias lo justifiquen.

Art. 1 – Facúltase a las obras sociales a ejercer la fiscalización y ejecución de los aportes y contribuciones previstos en el pto. e) del art. 87 del Dto. 2.284/91, sin perjuicio del derecho de la Administración Nacional de la Seguridad Social de fiscalizar y ejecutar tales conceptos en forma directa, cuando las circunstancias así lo justifiquen.

Art. 2 – Mantiénese la potestad de la Administración Nacional de la Seguridad Social en lo que hace al contralor y supervisión del accionar de las obras sociales respecto de las facultades otorgadas en el artículo precedente. A tal efecto estas entidades brindarán toda la información que les sea requerida.

Art. 3 – Déjase sin efecto la Res. M.T. y S.S. 106/92.

Art. 4 – De forma.