| Resolución M.T. y S.S. 890/92 |
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RESOLUCION M.T. y S.S. 890/92
Buenos Aires, 8 de setiembre de 1992
B.O.: 15/9/92
Obras sociales. Ejercicio de fiscalización y ejecución de aportes y
contribuciones. Derecho de la Administración Nacional de la Seguridad Social de
fiscalizar y ejecutar cuando las circunstancias lo justifiquen.
Art. 1 Facúltase a las obras sociales a ejercer la
fiscalización y ejecución de los aportes y contribuciones previstos en el pto. e) del
art. 87 del Dto. 2.284/91, sin perjuicio del derecho de la Administración Nacional de la
Seguridad Social de fiscalizar y ejecutar tales conceptos en forma directa, cuando las
circunstancias así lo justifiquen.
Art. 2 Mantiénese la potestad de la Administración
Nacional de la Seguridad Social en lo que hace al contralor y supervisión del accionar de
las obras sociales respecto de las facultades otorgadas en el artículo precedente. A tal
efecto estas entidades brindarán toda la información que les sea requerida.
Art. 3 Déjase sin efecto la Res. M.T. y S.S. 106/92.
Art. 4 De forma.
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