Artículo
4 - Constitución Nacional |
Artículo 4 - Constitución Nacional
El Gobierno federal provee a los gastos de la Nación con los fondos del
Tesoro Nacional, formado del producto de derechos de importación y exportación; del de
la venta o locación de tierras de propiedad nacional, de la renta de Correos, de las
demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el
Congreso General, y de los empréstitos y operaciones de crédito que decrete el mismo
Congreso para urgencias de la Nación, o para empresas de utilidad nacional.
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