Descripción
Nuevo Régimen de
Asistencia Financiera Ampliado establecido por la Resolución General Nº 1856 para
contribuyentes y responsables que soliciten la cancelación de deudas Impositivas y de los
Recursos de la Seguridad Social en hasta 96 o 120 pagos parciales (según el importe del
capital adeudado), deudas de Aportes Personales de los trabajadores en relación de
dependencia en hasta 36 pagos parciales, deudas en conceptos de retenciones practicadas a
beneficiarios del exterior -con carácter de pago único y definitivo y deudas
determinadas en concepto del impuesto establecido en el art. 37 de la Ley del Impuesto a
las Ganancias, estas últimas en hasta 12 pagos parciales, todas vencidas al 31 de octubre
de 2004.Solución
a problemas: Para la relación impuesto concepto 30 450, se permite el ingreso tanto de períodos mensuales como anuales.
Para la relación impuesto concepto 366
19, se extendió el período
máximo a 2010/12 y la cantidad de anticipos a tres.
Para el impuesto 401 en todas sus relaciones concepto subconcepto, se
extendió la cantidad de anticipos a tres.
Se incorporaron los impuesto 157 (Ahorro obligatorio L.23549), 149 (Impuesto
sobre los Débitos y Créditos en cuenta corriente) y 210
(Ganancias Régimen Especial de Ingreso - RG 830).
Para la relación impuesto concepto 103
984, se permite sólo el
ingreso de períodos anuales.
Asimismo, se incorpora con esta nueva Versión, el cálculo de intereses punitorios sobre intereses resarcitorios reclamados judicialmente.
Requiere SIAP
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