Descripción
La RG 1791/2004 establece un régimen de información que deberá ser
cumplido por los productores, distribuidores y adquirentes, que se encuentren inscriptos
en el "REGISTRO DE OPERADORES DE PRODUCTOS EXENTOS DESTINADOS A RANCHO (ART. 7ª,
INC. B DE LA LEY Nª 23.966)" cuando vendan o adquieran los productos gravados
especificados en el articulo 4ª de la Ley Nª 23.966, Titulo III de Impuesto sobre los
Combustibles Liquidos y el Gas Natural, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, que
-conforme a las previsiones dl Código Aduanero, Sección VI, Capítulo V -, estén
destinados a rancho de embarcaciones de ultramar, aeronaves de vuelo internacionales o
embarcaciones de pesca.
Este aplicativo es la herramienta que la A.F.I.P. brinda a los contribuyentes obligados
para cumplir con lo establecido en la citada R.G.
Requiere SIAPPara
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