La RG 2513/08 establece para los casos de reorganización de sociedades,
fondos de comercio, empresas o explotaciones, contemplados en el Artículo 77 de la Ley de
Impuesto a las Ganancias, que los contribuyentes y/o responsables deberán efectuar la
comunicación de la reorganización, y, en su caso, solicitar la autorización pertinente,
cuando no se produzca la transferencia total de la o las empresas reorganizadas y, el
traslado de los derechos y obligaciones fiscales quede supeditado a la aprobación previa
de este Organismo, y la o las empresas continuadoras decidan utilizar criterios o métodos
de amortización de bienes de uso e inmateriales, métodos de imputación de utilidades y
gastos al año fiscal o sistemas de imputación de las previsiones cuya deducción
autoriza la ley del impuesto, distintos a los de la o las empresas antecesoras Este
aplicativo es la herramienta que la AFIP brinda a los contribuyentes mencionados para
cumplir con lo establecido en las normas vigentes.
Requiere SIAP
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