Descripción
El mismo permitirá, a las personas físicas, sucesiones indivisas o
responsables por deuda ajena, cumplir con su obligación de presentación de declaración
jurada de cada uno de los impuestos. Dichas declaraciones juradas contendrán: datos
identificatorios, materia imponible, determinación del impuesto y saldo a ingresar. Estas
declaraciones juradas deberán ser presentadas hasta la fecha de vencimiento, según el
tipo de contribuyente, por transferencia electrónica de datos mediante clave fiscal
reglamentada por la RG 1345 sus modificatorias y complementarias. Versión 12.0 aprobada
por la Resolución General N° 3006/2011.
Novedades
Las modificaciones introducidas en esta nueva versión contemplan la incorporación:
a) En el rubro Determinación del Saldo del Impuesto a las Ganancias, de los
campos Cómputo de Anticipos Cancelados con Bonos o Certificados Fiscales y Saldo a Favor
del Contribuyente por Cancelación de Anticipos Cancelados con Cómputo de Bonos o
Certificados Fiscales.
b) En el rubro Determinación del Saldo del Impuesto a las Ganancias, del Saldo a Favor
Proveniente de la Sucesión Indivisa.
c) En Participación Societaria, del campo Porcentaje de Participación al Inicio.
d) En el rubro Datos Descriptivos, de los campos: - Zona emergencia agropecuaria. - Zona
desastre agropecuaria. - Solicitó certificado de residencia. - N° de certificado.
-Administración tributaria internacional (CUIT del país).
Nota
No contempla la actualización de los mínimos No Imponibles vigentes para el período
fiscal 2010
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