Descripción
El mismo permitirá, a las personas físicas, sucesiones indivisas o
responsables por deuda ajena, cumplir con su obligación de presentación
de declaración jurada de cada uno de los impuestos. Dichas declaraciones
juradas contendrán: datos identificatorios, materia imponible,
determinación del impuesto y saldo a ingresar. Estas declaraciones
juradas deberán ser presentadas hasta la fecha de vencimiento, según el
tipo de contribuyente, por transferencia electrónica de datos mediante
clave fiscal reglamentada por la RG 1345 sus modificatorias y
complementarias
Novedades:
Ganancias y Bienes Personales:
- Plan de Facilidades de Pago RG 984/2001: se anula el acceso al plan
desde el programa aplicativo, atento preverse una nueva forma para su
generación Web (Mis Facilidades).
F762/A- Bienes Personales:
Sólo para Declaración Jurada Responsable Sustituto - Pantalla Datos
Descriptivos de la Declaración Jurada: información sobre el responsable
sustituido, CUIT, Nombre y Apellido o Denominación.
Pantalla Determinación del Impuesto:
· a) Se agrega campo Exención BP Contribuyente Cumplidor (Art. 63 Ley
27.260) a efectos de la aplicación del beneficio.
· b) Mínimo No Imponible: se establece su nueva forma de cálculo para
ejercicios 2016 y siguientes.
Se actualizan tablas del sistema (alícuotas y mínimos no alcanzados para
los ejercicios 2016, 2017 y 2018, regímenes de percepción, las tablas de
valuación de bienes )
F711-Ganancias
- Directorio Determinación Renta Fuente Argentina, Resultado Neto de la
4ta. categoría incluido acuerdo con República del Uruguay :
Pantalla Total Ingresos Gravados de 4ta. Categoría para período 2016(*):
· a) Se mantiene la carga del campo " Importe Bruto SAC 2° CUOTA 2015 S/Dto
152/15"
· b) se agrega marca Registró el beneficio del art. 63 de la Ley 27.260
correspondiente a la exención el Impuesto a las Ganancias aplicable a la
1° cuota del aguinaldo 2016.
Con la marca indicada en el inciso a), se habilita para su carga campo
Importe Bruto SAC 1° cuota 2016 s/Ley 27.260, Título III art. 63,
Contribuyentes Cumplidores.
· c) Se agrega el campo "Importe Bruto SAC 2° CUOTA 2016 S/Dto 1253/16
Pantalla Total de gastos y deducciones especialmente admitidos 4ta.
Categoría para período 2016(*):
· a) Se mantiene la carga del campo "Deducciones generales SAC 2° CUOTA
2015 S/Dto 152/15".
· c) Se habilita campo Deducciones generales del SAC 1° cuota 2016 s/Ley
27.260, Título III art. 63, Contribuyentes cumplidores.
· c) Se agrega el campo "Deducciones generales del SAC 2° CUOTA 2016 S/Dto
1253/16"
(*): el sistema considera la diferencia entre los campos para el cálculo
del campo DEDUCCIÓN ESPECIAL, en Pantalla Deducciones Personales
Computables.
- Pantalla Determinación del Saldo del Impuesto, Retenciones,
Percepciones y Pagos a Cuenta, Total de Pagos a Cuenta: se agregó el
cómputo del Pago a cuenta fomento a las Inversiones Productivas Pymes.
Ley N° 27264.
Se actualizan tablas del sistema (topes de empleadas casas de familia,
deducciones personales, regímenes de retención/percepción).
Para bajar el aplicativo,
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