Descripción
El mismo permite, a todas las personas físicas o jurídicas que conforme a
las normas específicas que lo disponen, actúen en carácter de Agentes de Retención /
Percepción de obligaciones cuyo único destino sea el Sistema Único de la Seguridad
Social, informar nominativamente a los sujetos retenidos, las retenciones y percepciones
practicadas en el período e ingresar en su caso el saldo resultante de la secuencia de la
declaración jurada. A través de esta aplicación se generará la declaración jurada
(F.910).
Novedades:
Incorporación de los siguientes regímenes, con vigencia a partir de 01/08/2012, según Resolución General 3.350/2012:
- 895 - Convenio de Corresponsabilidad Gremial del sector vitivinícola de la Provincia de San Juan
- 896 - Convenio de Corresponsabilidad Gremial del sector vitivinícola de la Provincia de Mendoza
• Para los regímenes 832 y 833, la CUIT del Agente de Retención puede ser la misma que la CUIT del Retenido.
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