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Sistema Emisor Versión 4.04
Emisión de la Declaración Jurada-Boleta de pago:

La Declaración Jurada-Boleta de pago será emitida automáticamente por el sistema en triplicado. Si bien el sistema admite el uso de impresoras de matriz de punto, se recomienda utilizar las de láser o chorro de tinta para evitar distorsiones en el ingreso del pago mediante los dispositivos lectores de caracteres de alta densidad con que cuenta el Banco.


Se advierte que si la impresión es por matriz de punto deberá verificarse el perfecto funcionamiento de la impresora y que la cinta sea nueva.


Se recomienda también verificar la puesta en marcha de la impresora según se indica en el manual de la misma. Para la impresión de esta Boleta deberá tener en on modo gráfico y el juego de caracteres internacionales.


Si la D.D.J.J. no se pudiera ingresar en la terminal bancaria, será rechazada y, por lo tanto, Ustedes no podrán cumplir con la presentación y el pago correspondiente.

Pago fuera de término:

El sistema contempla la posibilidad de generar la DDJJ-Boleta de Pago con posterioridad a la fecha de vencimiento original. En este segundo vencimiento se sumarán los intereses resarcitorios del 2% al último día hábil del mes de vencimiento.


Pasado el término establecido en el párrafo anterior, para hacer efectivo el pago deberá presentarse ante la Dirección General de Rentas y solicitar la emisión de la Declaración Jurada-Boleta de Pago con los intereses por mora que correspondan.

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