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La
RG 2000/06 establece las condiciones, requisitos, plazos y formalidades que deberán
observar los exportadores y otros responsables, a fin de solicitar la acreditación,
devolución o transferencia del gravamen atribuible a las operaciones de exportación y a
las actividades u operaciones que reciban igual tratamiento.
Quedan incluidos en el Capítulo III de la misma los exportadores que realicen operaciones
de exportación con intervención de mandatarios, consignatarios u otros intermediarios
que efectúen la venta de bienes al exterior por su cuenta y orden, así como los
intermediarios en dichas operaciones.
Este aplicativo es la herramienta que la A.F.I.P. brinda a los contribuyentes obligados
para cumplir con lo establecido en el Cap. III de la citada R.G.
Requiere SIAPPara bajar el aplicativo, haga click aquí |
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