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La
Resolución Conjunta 2976/10 (AFIP) y Resolución 737/2010 (ONCCA) introducen modifícase
a la Resolución Conjunta 2324 (AFIP) y 4956 (ONCCA) en lo relativo a las formas y
condiciones aplicables que requiere el cumplimiento del deber de información dispuesto
por la Resolución Conjunta Nº 456/03 (ONCCA) y Resolución General Nº 1593 (AFIP).
Novedades:
Para las Cartas de Porte Recibidas, se eliminó el campo 'Fecha de Arribo a Redestino' y
se renombró el campo 'Fecha de Arribo a destino original' como 'Fecha de arribo a
Destino/Redestino', a los efectos de reflejar más claramente los datos volcados en el
documento físico.
Por otra parte fueron modificadas algunas de las validaciones que el aplicativo efectúa
sobre los datos ingresados, para lograr una mayor calidad en la información de la
presentación.
Requiere SIAPPara
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