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Garrafas: veto habemus

Autor: Dr. CP y LE Aarón Gleizer (*)
Presidente de la Comisión de Actuación Profesional en Cooperativas
y Otras Entidades sin Fines de Lucro
El veto parcial de la Ley 26.020 afecta a las cooperativas y a los pequeños proveedores de gas licuado, perjudicando gravemente a los usuarios de bajos ingresos y a los radicados en zonas alejadas de las redes de distribución.
El Poder Ejecutivo Nacional vetó parcialmente la ley 26.020, que fija el marco regulatorio para la extracción y comercialización del gas licuado de petróleo. Se trata del combustible que a través de garrafas y cilindros sirve a los sectores de menores ingresos y a las regiones más alejadas del país.

El proyecto había tenido origen en el Senado y su redacción primitiva era permeable a los intereses de los grupos monopólicos que desde la privatización de YPF y de Gas del Estado concentran los resortes clave de la extracción, procesamiento y distribución de los comustibles líquidos y gaseosos, administrándolos en su exclusivo interés lucrativo y con total desconocimiento de las necesidades de los usuarios.

En su momento, la Cámara de Diputados recogió las inquietudes de las cooperativas y otros pequeños distribuidores. El proyecto corregido volvió al Senado, donde no alcanzaron los votos para restablecer la versión originaria. Ese retroceso se produce ahora a través del veto presidencial.

La versión definitiva de la ley 26.020 no consagra el necesario carácter de servicio público que debe investir la producción y distribución del gas licuado de petróleo, algo que ni siquiera la versión mejorada por los diputados se atrevía a señalar. No se garantiza a los usuarios la estratégica propiedad de los envases, e incluso el veto presidencial excluye expresamente de las facultades reconocidas a la autoridad de aplicación de la ley, la de "evitar conductas anticompetitivas, oligopólicas, discriminatorias o de abuso de posición dominante, que afecten el libre funcionamiento del mercado de GLP y el interés público".

Resulta oportuno recordar que según la Propuesta Cooperativa del IMFC "todas las empresas de servicios públicos deberán organizarse bajo la forma de empresas de propiedad pública o de formas solidarias".

Por su parte, el Documento Final del Congreso Argentino de la Cooperación 2004 consideraba "necesario igualar el régimen de GLP con respecto al gas natural y al gas natural comprimido y darle estatus de servicio público a la actividad de fraccionamiento, distribución, servicio de puerto y almacenaje, ya que no existen justificaciones técnicas, económicas o jurídicas que determinen un tratamiento diferencial". El logro de este objetivo es el desafio que el veto presidencial plantea a los cooperadores argentinos.
Nota: Publicado en periódico "Acción", Nº 928, 2da. quincena de abril de 2005, pág. 14.
(*) Contador Público. Licenciado en Economía. Presidente de la Comisión de Actuación Profesional en Cooperativas y otras entidades sin fines de lucro (CPCECABA).

Fecha de publicación: 19/05/05

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