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Fideicomisos al Costo en Construcción: la importancia de un correcto diseño del negocio ante posibles conflictos (Parte I)
Autora: Patricia Inés Luppino
El Fideicomiso es una figura en pleno auge, aunque su origen se remonta hacia los fines de la República, y el comienzo del Imperio Romano. Conocer sus ventajas y hacer un uso adecuado de esta herramienta, permitirá tener la pretendida seguridad y protección al momento de surgir cualquier conflicto.
Orígenes del Fideicomiso

El origen del Fideicomiso se remonta hacia los fines de la República, y el comienzo del Imperio Romano. Su uso permitía sortear las trabas legales por las cuales mujeres, esclavos, peregrinos, personas solteras, personas casadas sin hijos, etc. no podían heredar. Para poder el testador dejar sus bienes a quienes legalmente no podían investir la calidad de herederos, transfería en vida sus bienes a otra persona con el encargo de que, a su muerte, los distribuyera entre las personas que él oportunamente indicó. Así, teniendo facultades para disponer de sus bienes libremente, y tratándose de actos entre vivos, se evitaba la aplicación de las normas del derecho sucesorio.

El término de Fideicomiso viene de la expresión latina “Fidicommisum” que significa encargo de confianza (“Fides”: confianza y “Commisum”: encomiendo, encargo). Fue el Derecho Romano quien le dio la normatividad y la legalidad cuando el emperador Augusto hizo ejecutar a quienes no habían cumplido con el compromiso asumido, incorporándose luego esta figura dentro de la legislación vigente.

En el derecho anglosajón esta institución prosperó bajo el nombre de “Trust”, que significa confianza, y su uso fue mucho más cercano a nuestro fideicomiso actual.

¿Por qué ha prosperado el fideicomiso en construcción?

Podría decirse que, originariamente, existieron tres motivos que favorecieron el uso del fideicomiso:

1) Plasticidad de la figura:
como se trata de un compromiso contractual entre fiduciantes (quienes aportan bienes al fideicomiso) y fiduciario (quien los administra), las posibilidades de manejo del negocio son ilimitadas. No obstante, deben observarse algunas cuestiones básicas a los efectos de que el fideicomiso tenga validez legal y, con ello, ofrezca la protección que se pretende respecto de los patrimonios de fiduciantes y fiduciario.
2) Protección patrimonial ligada a una mayor sencillez legal y administrativa (respecto de cualquier otra sociedad legalmente constituida): el fideicomiso ofrece una limitación de la responsabilidad al patrimonio fideicomitido (tal como una SRL respecto de su capital), pero con la ventaja de que no tiene los requisitos legales de aquella (presentación de balances, inscripción en la IGJ, llevar registros rubricados, etc.). Además, tiene una vigencia pactada contractualmente, la que no puede exceder de 30 años, pero si el objeto para el cuál fue creado se cumple, automáticamente quedaría extinguido (La finalización de una obra -y la eventual comercialización de las unidades- extinguiría el fideicomiso que se constituyó con ese objeto).
3) Cierta ventaja impositiva: Este beneficio en realidad no es tal; no -al menos- en la medida en que se especuló en un principio. Tal como los romanos utilizaron el fideicomiso para sortear la aplicación de algunas normas legales, el desconocimiento de esta herramienta por las autoridades impositivas ha permitido importantes elusiones fiscales que ya no son viables. No obstante, el correcto armado del negocio permitirá que la carga impositiva sea la más conveniente para una estructura contractual determinada.

Pero las ventajas antedichas no serían tales si no se observaran cuidadosamente ciertas cuestiones al momento de delinear la arquitectura del negocio.
 
• Artículo publicado en la Bio Construcciones, Nro. 337, edición Enerero/Febrero 2012.

Fecha de publicación: 15/09/11

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