La adopción de NIIF en las entidades financieras argentinas

Fechada el 12 de febrero de 2014, se publicó la Comunicación “A” 5541 (Com. “A” 5541) del Banco Central de la República Argentina (BCRA), con la referencia: “Hoja de Ruta para la convergencia del Régimen Informativo y Contable hacia las NIIF”. ¿Qué significa esta comunicación? Que el BCRA ha definido que el marco de preparación de estados contables (estados financieros, en adelante) aplicable a las entidades financieras sujetas a su supervisión serán las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

Debe recordarse que las NIIF ya habían sido adoptadas para la preparación de los estados financieros de las entidades cotizantes en el año 2012, aunque ciertas entidades que aceptan criterios contables de otros organismos de contralor (entre ellas, los bancos cotizantes) habían sido exceptuadas de cumplirlas. Ahora, la decisión del BCRA, expresada en la Com. “A” 5541, marca un hito fundamental en el acercamiento de la información financiera de las entidades de interés público de nuestro país a estos estándares que se usan en más de 110 países de todo el mundo. 

Desde nuestro punto de vista, es esperable que la adopción de las NIIF en entidades financieras requiera mayores esfuerzos de parte de todos los actores involucrados (entidades obligadas, auditores y el propio BCRA), por dos razones fundamentales:

  • • la “distancia” que existe entre las actuales normas contables que aplican las entidades financieras y las NIIF es considerada mucho mayor que la existente entre las que aplicaban las entidades cotizantes y esas normas; y
  • • por la naturaleza de las operaciones de los sujetos supervisados, el sector financiero tiene un esquema regulatorio más complejo que el establecido para las entidades cotizantes, que deberá ser revisado también con la entrada en escena de las NIIF.

La disposición del BCRA estableció que las entidades financieras deberán confeccionar sus estados financieros con el nuevo marco aplicable a partir de los ejercicios anuales iniciados el 01 de enero de 2018 (y sus correspondientes presentaciones intermedias). Parecería que aún falta mucho, pero debe recordarse que un proceso de adopción por primera vez de las NIIF requiere, como se suele decir, “ir sin prisa pero sin pausa”, dado que la administración de los tiempos de un modo adecuado resulta fundamental para alcanzar el éxito en este tipo de procesos.

La decisión del BCRA, expresada en la Com. “A” 5541, marca un hito fundamental en el acercamiento de la información financiera de las entidades de interés público de nuestro país a estos estándares que se usan en más de 110 países de todo el mundo.

Posteriormente a la publicación de la Com. “A” 5541, el BCRA publicó otra comunicación (la Com. “A” 5635) en virtud de la cual las entidades alcanzadas por la primera Comunicación citada debieron presentar hacia fines de marzo de 2015 un plan de implementación de NIIF ante el BCRA. Esta Comunicación también estableció el requerimiento de presentar cada 6 meses ante el organismo de contralor informes sobre el avance de las tareas tendientes al cumplimiento del plan de implementación de NIIF.

En materia contable, debe destacarse que las NIIF son normas “de cara al mercado” (es decir, se ocupan de las necesidades de información de los proveedores de recursos de las entidades que informan): la tarea de adecuar su marco regulatorio a estas normas es de cada regulador, y esa es la gran tarea que el BCRA tiene por delante. Una importante lección que se ha aprendido en el mundo en general, y en Argentina en particular, es que la adopción de las NIIF puede lograrse con un éxito razonable, aun sin interferir en las funciones de organismos de control que emplean a los estados financieros de las entidades bajo su órbita como base para el cumplimiento de ciertas de sus funciones. Por ejemplo, en el marco de la adopción por parte de las entidades requeridas por la CNV, se lograron mecanismos que neutralizaron los potenciales conflictos que el cambio del marco contable de aplicación hubiera podido crear a nivel regulatorio y tributario.

A nivel de requerimientos de detalle, la manera en que la adopción de las NIIF afectará a cada entidad es algo personalísimo, aunque como rasgos generales podemos mencionar las siguientes tres áreas de impacto que hasta ahora han sido identificadas como relevantes:

• Consolidación y off balance-sheet accounting: Las NIIF priorizan la información consolidada por sobre la información no consolidada de una entidad que controla a otra (u otras). Por otro lado, el principio de control es de naturaleza económica, y se caracteriza por la presencia de tres elementos: (1) poder; (2) exposición a riesgos y ventajas que la incorporen “variabilidad” a los resultados de la inversora; y (3) actuación como principal (y no como un mero agente). Dado que la participación en el patrimonio de otra entidad no es un requisito necesario para que exista control, podrían existir casos de entidades –aun sin personería jurídica (como el de ciertos fideicomisos financieros que se utilizan como instrumentos de financiamiento)– que deban “regresar” al estado de situación de las entidades financieras. Por lo tanto, es menester identificar de manera adecuada a las entidades que presentan riesgo de consolidación y evaluar si la entidad financiera efectivamente las controla, para definir así el “perímetro” de consolidación, es decir, el área de actividades sobre el que se informará.

• Contabilización de los instrumentos financieros: Va de suyo que por la naturaleza de sus actividades, una parte significativa del estado de situación de las entidades financieras está conformada por activos financieros (préstamos otorgados, inversiones en títulos valores, tenencias de letras y notas del BCRA, etc.) y pasivos financieros (depósitos a la vista, depósitos a plazo fijo, títulos de deuda emitidos, etc.). Esto convierte al área de los instrumentos financieros en una de las más sensibles en el proceso de adopción: en el caso de los activos financieros, las entidades deberán considerar los flujos de efectivo contractuales que de ellos resultan y el modelo de negocio que la entidad sigue para obtenerlos, para así clasificarlos y medirlos consecuentemente. Aparecen de este modo tres categorías (activos financieros a costo amortizado, activos financieros a valor razonable con cambios en el resultado, y activos financieros a valor razonable con cambios en el otro resultado integral), cada una de ellas con sus implicancias prácticas (determinación de la tasa efectiva para medir el costo amortizado, medición del valor razonable de ciertas carteras cuando se concluye que no cuentan con un mercado activo, etc.) Por su parte, los pasivos financieros se miden en función a su clasificación inicial, la cual depende de la naturaleza de la partida, como regla, o de una decisión de la entidad, como excepción (tal es el caso de los pasivos financieros designados a valor razonable con cambios en resultados).

• Deterioro de la cartera (previsiones): Si bien podría haberse incluido este tema en el apartado anterior, por su relevancia lo presentamos por separado. Modificaciones incorporadas a las NIIF en 2014 requieren que una entidad determine el importe de la cuenta correctora por el deterioro de sus activos financieros (comúnmente llamada en el ámbito bancario como la “previsión”) en base a las pérdidas esperadas, y no solamente a las incurridas (las que también se siguen reconociendo, desde luego). Esto implica un esfuerzo de magnitud, dado que el modelo que se siga para determinar estas previsiones debe reflejar adecuadamente las prácticas de gestión de riesgo crediticio de las entidades, las cuales deben ser explicadas de un modo detallado en las notas a los estados financieros. Todo esto requerirá una fuerte interacción entre quienes “gerencian” el riesgo de crédito de las entidades financieras y los sectores encargados de la emisión de los estados financieros.

Que hayamos mencionado estas tres áreas no supone una subestimación del resto de las cuestiones referidas a los estados financieros de las entidades alcanzadas por la Com. “A” 5541 (tales como la contabilización de sus bienes de uso y otros activos de largo plazo –propiedades de inversión, activos intangibles, activos no corrientes que se mantienen para su venta–, la contabilización de pasivos laborales, el tratamiento contable de las provisiones, el reconocimiento y medición de los activos y pasivos que surjan de la aplicación del método del impuesto diferido, etc.). Esta selección solo pretendió demarcar los problemas principales con los que ya hoy se están enfrentando los bancos y el propio BCRA, de cara a la convergencia con las NIIF.

Creemos que el paso que ha dado el BCRA es destacable, ya que, desde nuestro punto de vista, implica un importante avance en el objetivo de lograr que las entidades que afectan el ahorro del público en general empleen las NIIF para comunicar sus cifras a los mercados. Confiamos en que todos los actores comprometidos con el proceso (BCRA, entidades financieras, y la propia Profesión Contable) podrán coordinar sus esfuerzos de manera que el objetivo se cumpla con el éxito esperado.