Ganancias: todos los cambios que ya están vigentes con la última reforma tributaria
La puesta en marcha de la última reforma impositiva ya es una realidad y, con ella, los profesionales en Ciencias Económicas deben tener en cuenta muchos factores para liquidar los gravámenes en tiempo y forma.
Los cambios fueron profundos y no quedó impuesto por ajustar. Desde el Monotributo a la Ley de Procedimientos, todo fue actualizado y aggiornado a los tiempos que corren.
Ganancias no fue la excepción. Por este motivo, este número de la revista Consejo Digital estará dedicada a todos las modificaciones que se introdujeron en uno de los tributos más importantes del sistema tributario fiscal argentino.
Los especialistas convocados para llevar adelante la difícil tarea no podían ser más acertados, ya que fueron los que disertaron en el Ciclo de Reforma Tributaria de nuestro Consejo. Ellos son: los Dres. Darío Rajmilovich, Luis Omar Fernández, Marcelo Corti, Mónica Yerise, Ricardo Riveiro y Juan Carlos Ferreiro.
Ellos se encargaron de analizar minuciosamente cada detalle de la Ley 27.430 para brindar exposiciones detalladas y colaborar con el aprendizaje del nuevo modelo planteado, tanto para operaciones nacionales como internacionales.
Rajmilovich plantea desde el título de su nota una pregunta más que sugerente: ¿Es realmente una opción inteligente el revalúo impositivo? Ocurre que este mecanismo es una de las novedades que incluye la norma.
Tras una pormenorizada explicación sobre los alcances del texto legal, el titular del estudio Rajmilovich, Forcada & Asociados analizó numéricamente la conveniencia de adherir al régimen vigente.
En tanto, Fernández se explayó en su escrito sobre las deducciones personales, principalmente, acerca de las nuevas deducciones especiales que recaen sobre las rentas de tercera y cuarta categoría.
En su planteo, remarca que la norma tendrá dificultades de aplicación para el caso de “jóvenes profesionales” y “emprendedores”, debido a que no contiene una definición adecuada sobre estos términos.
También dentro de este último punto se pronunció Corti, quien explicó las limitaciones que propone el nuevo marco normativo para el caso de la deducibilidad de los intereses.
El socio de Bertazza, Nicolini, Corti y Asociados planteó las diferencias que existen sobre este punto entre el nuevo texto legal y el anterior a la reforma introducida por la Ley 27.430.
Por su parte, Riveiro escribió un interesante artículo que identifica certezas sobre las jurisdicciones de baja o nula tributación, tras el cambio de paradigma introducido en el nuevo marco legal.
No obstante, el presidente de la Comisión de Impuestos Internacionales y Precios de Transferencia manifestó algunas dudas que, se espera, deberán ser saldadas por la reglamentación.
El análisis de la imputación de las rentas de fuente extranjera en Ganancias estuvo en manos de Yerise, quien analizó cuándo y cómo corresponde proceder ante la obtención de estas ganancias.
Su artículo se basó en la modificación del texto del artículo 133 de la Ley del gravamen en cuestión, que incorporó cambios significativos respecto de las normas de “transparencia fiscal internacional”.
Por último, Ferreiro abordó dos temas importantes que están en plena vigencia e impactan de lleno en las operaciones que se llevan adelante desde la puesta en marcha de la Ley 27.430.
En efecto, el vicepresidente de la Comisión de Impuestos Internacionales y Precios de Transferencia centró su artículo en los precios de transferencia y en los nuevos planteos sobre los establecimientos permanentes.