Reanudación del ajuste por inflación
Si hubiera que escribir un libro sobre la historia de la contabilidad en la Argentina, un capítulo relevante estaría destinado al ajuste por inflación y a las diversas formas en que la profesión argentina enfrentó el fenómeno de reconocer en los estados contables el cambio del poder adquisitivo de la moneda. Acompañando la evolución del fenómeno económico de la inflación en el país, la contabilidad, ayudada por requerimientos legales o por normas de la profesión contable, trató de reflejarla. Hubo tiempos en que estuvo permitido y tiempos en que estuvo prohibido. Hubo años donde era la única información disponible y otros en los que sólo era información complementaria. Épocas en las que los Contadores Públicos no podían obtener su grado universitario sin aprobar el parcial que tomaba el ajuste por inflación y hubo Contadores Públicos que escucharon a un viejo profesor recordarles que hubo una vez en que había inflación y había que reconocerla en los estados contables. Llegamos a ser líderes en el mundo en el reconocimiento de la inflación en la contabilidad.
La última temporada de esta serie había terminado en el año 2003 cuando, estabilidad mediante, se decretó que ya no estaban dadas las condiciones para reconocer el ajuste y los organismos de control no podían recibir estados contables ajustados por inflación. Esa situación, al día de este editorial, aún subsiste y no es un tema menor a afrontar.
En los 15 años siguientes vivimos épocas tranquilas y otras con menos calma. La “inflación” fue considerada algo así como una mala palabra y, entonces, hubo mediciones que trataban de ocultarla; períodos en que no se midió; debates sobre su existencia, hasta que los productores de las normas contables definieron que estaban dadas las condiciones para iniciar una nueva temporada de ajuste. Y agrego: ¡ojalá sea corta y ojalá la última!
En estos últimos 15 años sin ajuste han pasado muchas cosas en materia contable y en materia de inflación. El escenario normativo actual es muy distinto de aquel 2003 en el que se ajustó por última vez y mucho más distinto de los años 80 cuando ajustar por inflación era lo más normal del mundo.
¿Qué pasó de relevante en materia normativa contable? Por empezar, la profesión argentina aceptó que las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) eran un cuerpo normativo optativo al momento de decidir cómo preparar estados contables y, en algunos casos, era el obligatorio. Además, se mantuvieron las normas argentinas y se hicieron cambios para ir ajustándolas a las NIIF en algunos temas muy genéricos. En inflación, por ejemplo, se modificó la Resolución Técnica 6 para adaptarla a la Norma de Contabilidad 29, de manera que, si alguna vez hubiera que reiniciar el ajuste, se lo haga de la misma manera en las empresas que usan NIIF que en las que usan normas argentinas. El hecho de tener NIIF y normas argentinas conviviendo no es menor. Las NIIF las emiten organismos internacionales y no se pueden modificar, sino con un debido proceso internacional. Las normas argentinas siguen siendo nuestras y la profesión argentina puede hacer las modificaciones y simplificaciones que pretenda, siempre y cuando siga el debido proceso instaurado localmente. Seguimos siendo soberanos en la emisión de normas argentinas; no así en las normas internacionales. Si bien la gran mayoría de las empresas argentinas utiliza normas locales, un grupo, quizás menor en cantidad pero sumamente relevante en otras variables cuantitativas y cualitativas, emplea las NIIF (por ejemplo, empresas del mercado de capitales y entidades financieras).
¡Dato! Entre mayo y junio de 2018, sucedió lo que sucedió: se alinearon las variables cualitativas y cuantitativas para declarar que la economía del país es de alta inflación a los efectos contables y debe reanudarse la aplicación del ajuste por inflación contable a partir del 1 de julio de 2018.
Lo que siguió después de esa fecha fue un desempolvar de libros y apuntes de cómo se hacía el ajuste, cómo se hace ahora que cambió la RT 6 y que se debe aplicar la NIC 29 por primera vez en la Argentina (quizás la primera vez en un mundo, en un país con cierta participación en el mercado de capitales internacionales). Analizar si los sistemas transaccionales contemplan el reconocimiento de la inflación en la preparación de la información contable y, eventualmente, modificarlos. Facilitar guías orientativas de aplicación y cursos de capacitación. Analizar las responsabilidades asumidas por preparadores y auditores de información financiera. Dialogar con los reguladores para que este reinicio se efectúe de la manera más calma posible, para que todos lleguemos a buen puerto y a buenos estados contables que reconozcan este proceso económico que vive el país.
En definitiva, como en las series que nos encanta ver en televisión, se inició una nueva temporada que promete ser ¡sorprendente y deslumbrante!
En esta edición de la revista Consejo Digital queremos contarles sobre qué tratarán esos capítulos. Tomen esta nota como el prólogo de la nueva temporada. Habrá capítulos sobre la aplicación de la norma contable, capítulos sobre su correlato de auditoría, funciones especiales de los preparadores de información contable (qué piensan y cómo ven las empresas esta novedad) y, como no puede ser menos, se verá al Consejo acompañando a los matriculados a la hora de presentar la novedad a sus clientes, ayudas para negociar los cambios y técnicas de recalcular la relación cliente/profesional.