El negocio detrás de las entidades deportivas

La Argentina es uno de los países que tiene cada vez más aficionados al deporte en todas sus disciplinas. Sin embargo, pocos conocen el entramado que existe detrás de cada actividad o de una entidad deportiva.

 

Las organizaciones vinculadas al deporte tienen ciertas obligaciones que cumplir. Una de ellas está relacionada con el régimen impositivo y otra, no tan técnica, está referida a la “ilusión” que tienen con sus objetivos empresariales planteados.

 

Otro tema importante en este mundo deportivo es la relación que tiene con los patrocinadores. En nuestro país, las marcas se están afianzando cada día más, especialmente en el fútbol.

 

Al menos así lo destacaron diversos especialistas -que explican estas diferentes aristas- en los artículos que componen la nueva edición de la revista Consejo Digital.

 

Uno de los temas que se trataron en este número es sobre la “ilusión” de las entidades deportivas que está puesta en sus objetivos. Al respecto, Fernando Moroni ahondó en los detalles para entender este concepto.

 

Además, afirmó que el actual desafío al que se enfrentan -luego de garantizar los diversos intereses, múltiples objetivos y subculturas diferentes- es el de gestionar la complejidad y comprender la dinámica de lo imprevisto y lo impensado.

 

Por otra parte, el presidente de la Superliga Argentina de Fútbol, Mariano Elizondo, analizó la relación del fútbol con los patrocinadores. En este sentido, aseguró que existen más de 10 marcas que promocionan sus productos de diferentes maneras a través de la copa de la Superliga.

 

A nivel mundial, el panorama es similar. Por ejemplo, en la Premier League hay clubes con sponsors tanto globales como regionales. Asimismo, muchas marcas promocionan sus productos en algunos territorios para venderlos en otros.

 

En lo que respecta al control al que deben someterse, las entidades deportivas tienen ciertas obligaciones ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y otros con la Unidad de Información Financiera (UIF).

 

“Las entidades quedaron en la mira de la AFIP”, así lo afirmó el consultor impositivo Luis Guillermon. Esta situación se instaló a partir del dictado de la Resolución General 2681, que luego fue modificada por la Resolución General 4157.

 

En esta línea, describió algunas de las condiciones que tienen que cumplir: no deben ingresar el Impuesto a las Ganancias (en caso de obtener superávits) y no es pasible de que sus proveedores o clientes puedan practicarles percepciones o retenciones.

 

En tanto, la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y los clubes de fútbol -primera división y nacional B- fueron incorporados a partir de junio de 2011 como sujetos obligados por la Ley de Lavado de Activos.

 

Así lo indicó el especialista en prevención de lavado de activos, Zenón Biagosch, al tiempo que aseguró que se encuentran regulados por una normativa específica, que es la Resolución 32 emitida por la UIF en 2012 donde se les exige un conjunto de obligaciones a fin de diagramar una estructura preventiva sobre este tipo de conductas. 

 

A partir de esta síntesis, los invitamos a recorrer los cuatro artículos que componen esta edición.