Los hogares monoparentales y la brecha de género en el Impuesto a las Ganancias y en la Seguridad Social

Al analizar la brecha de género en materia de la Seguridad Social y del Impuesto a las Ganancias, lo primero que nos preguntamos es si la legislación actual invisibiliza o discrimina, por acción u omisión, en contra de las mujeres.


El régimen de tributación en el Impuesto a las Ganancias y en el sistema de Seguridad Social en nuestro país es individual, y se manifiesta en cuatro grandes grupos: empleadas en relación de dependencia, trabajadoras autónomas,  monotributistas y trabajadoras de casas particulares. Se manifiestan importantes diferencias entre estos grupos en lo que se refiere a prestaciones de la Seguridad Social y deducciones del Impuesto a las Ganancias.


El sistema de la Seguridad Social no otorga licencias por maternidad, enfermedad o falta de ingresos a trabajadoras autónomas y monotributistas. Para las monotributistas no hay deducción alguna por cargas de familia ni trabajos de cuidado no remunerado. Se discrimina, de esta forma, en contra de los hogares monoparentales encabezados por ellas.


El Impuesto a las Ganancias discrimina en contra de las trabajadoras autónomas frente a las de relación de dependencia. La deducción especial de cuarta categoría solo es deducible para las que trabajan en relación de dependencia.

 

¿Cómo participan las mujeres de los distintos regímenes de trabajo asalariado? Ellas representan el 35 % de los casos en relación de dependencia, el 26 % de autónomos, el 50 % de monotributistas y el 97 % de casas particulares.

 

Por la gran informalidad, intermitencia y baja paga horaria de los trabajos de las mujeres, son mayores las proporciones de mujeres en los segmentos de menores beneficios laborales y de previsión social.

 

Por la gran informalidad, son mayores las proporciones de mujeres en los segmentos de menores beneficios laborales y de previsión social.

 

Unido al alto índice de desempleo femenino en mujeres de menos de 29 años (que es de 28,5 %), ello impacta a futuro en una menor densidad de aportes a la hora de jubilarse, que lleva a recurrir al régimen de moratoria previsional, como el de la Ley N° 26.970, lo que se manifiesta así como un factor más de inequidad femenina.


La cantidad de mujeres que se han hecho cargo de sus hogares solas, cuidan a sus hijos y acceden al trabajo remunerado, se ha incrementado notablemente en los últimos 20 años. Estas madres enfrentan en soledad la responsabilidad del trabajo doméstico y de cuidado mientras desarrollan tareas fuera del hogar.


Según un trabajo del Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPECC), de 1986 a 2019, estas familias aumentaron del 12 al 19 %  del total de mujeres y disminuyeron las familias tradicionales de un 47 % a un 35 %.


El Impuesto a las Ganancias y el monotributo discriminan en contra de las Jefas de Familias Monoparentales al no permitirles deducción alguna que sustituya a la del cónyuge en las familias tradicionales o la del trabajo doméstico no remunerado.


Para el caso de no contar con una empleada doméstica, asumen la doble tarea de trabajo remunerado y de trabajo de cuidado no remunerado, sin acceso a beneficio tributario o previsional alguno.


La medición del TDCNR –Trabajo Doméstico y de Cuidados no Remunerado–, eje de la Ley N° 27.532, incorpora la misma dentro de la Encuesta Permanente de Hogares del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

 

Las mujeres efectúan más del 75 % de las tareas domésticas no remuneradas

 

Es el trabajo de preparación de alimentos, higiene doméstica, cuidado de niños, personas mayores y enfermas, tareas de apoyo escolar, etc., que crean el entorno propicio para que se pueda trabajar, estudiar o disfrutar del ocio. Nueve de cada diez mujeres realizan estas tareas, que significan 6,4 horas diarias; dedican así tres veces más tiempo que los varones.


Esta distribución asimétrica contribuye a explicar que su participación en el mercado laboral sea más baja que la de los varones. Incide en que tengan trabajos más precarios, que implican a su vez una mayor desprotección social; por ejemplo, no tener acceso a una obra social y, en un futuro, tener una mayor dificultad para acceder a una jubilación por no tener aportes. Las mujeres efectúan más del 75 % de las tareas domésticas no remuneradas.


La incorporación de la mujer al mercado de trabajo trajo aparejado lo que se conoce como “crisis del cuidado”, con la disminución de la oferta de cuidado, que es la dificultad de las personas para cuidarse, cuidar o ser cuidadas.


Esta crisis pone sobre el tapete y visibiliza el valor y la carga horaria del TDCNR, con una participación en el PBI de 16 %, que es base de todas las tareas de la comunidad. Pone en agenda la necesidad de promover y capacitar para las tareas de cuidado de niños, enfermos y personas mayores, tareas que representan una fuente de trabajo remunerado. Para el año 2040, en la Argentina, habrá unos 2.373.000 de personas mayores de 80 años.


Deducciones específicas para Hogares Monoparentales, promociones de las tareas de cuidado, extensión de licencias por maternidad a autónomas y monotributistas son algunas de las medidas que contribuirían a reducir la brecha de género previsional y tributaria.


La incorporación de estas deducciones influiría en la reducción de la brecha salarial de bolsillo entre varones y mujeres, sobre todo en el caso de las mujeres a cargo de hogares monoparentales, ya que asumen la doble función de las tareas del hogar, de cuidado y laborales.