|
Objetivo: Regular las normas para una justa selección de los
representantes del CPCECABA en adelante denominado EL CONSEJO para poder participar de las Olimpíadas Nacionales y/o Regionales.
Las siguientes son las condiciones deportivas generales establecidas para concurrir a las
Olimpíadas en las cuales participe EL CONSEJO:
1º Categorías
Se establecerán las mismas que defina el reglamento de cada Olimpiada.
2º Cantidad de Deportistas
Conforme a las plazas que EL CONSEJO asigne a la disciplina para las
olimpiadas, el entrenador tiene la facultad de decidir la estrategia para organizar el
equipo, por la cantidad de participantes por prueba. Ej: un participante por categoría,
sexo y disciplina.
En el caso de mejores tiempos en categorías superiores y el numero de nadadores lo
permita el entrenador podrá cambiar de categoría.
3º Asistencia
- Concurrir a las pruebas previstas por EL CONSEJO.
Excepción: los matriculados que pertenezcan a la federación de
natación de buenos aires, que se le avale marcas oficiales de las pruebas
correspondientes.
- Asistir a las pruebas evaluativas, tanto de pileta como de aguas abiertas, las cuales
permitirán realizar la selección en base al ranking de registro de categoría y
distancia.
- Se deberá concurrir, como mínimo, al 80% de los entrenamientos anuales; 60 días antes
de la competencia, es obligatoria la asistencia al 90% de los entrenamientos
- La puntualidad a la asistencia a los entrenamientos también será considerada como
condición adicional para ser tenida en cuenta.
4º Derechos y obligaciones del
Deportista
- Realizar la entrada en calor fuera del agua.
- Realizar periódicamente la preparación física fuera del agua.
- Cumplir con las evaluaciones periódicas.
- En todo momento deberá mantener absoluto respeto a todas las decisiones que el
entrenador tome o disponga tanto en los entrenamientos como en los torneos que el equipo
compita, sean estos amistosos o por campeonatos.
- Será evaluado por el entrenador, quien decidirá a que nivel corresponde.
- Para concurrir a las olimpiadas deberá cumplir con marcas mínimas según categoría y
sexo. Si hubiesen plazas vacantes se cubrirán con los mejores tiempos que el entrenador
seleccione.
- Ante igualdad de condiciones físicas y técnicas, la prioridad para formar parte de los
Equipos Representativos, tanto para disputar torneos amistosos, oficiales y/u Olimpíadas,
la tendrán aquellos nadadores que participen en forma regular de los entrenamientos
obligatorios respectivos.
- En todo momento se deberá mantener absoluto respeto hacia todos los compañeros de la
actividad y hacia los otros competidores.
- Será condición sine qua
non para integrar el Listado De
Buena Fe Olímpico, ser profesional matriculado en EL CONSEJO, y no registrar
deuda vencida alguna con esta institución, ya sea por matrícula y/o cualquier otro
concepto.
- Es EXCLUYENTE, para poder participar de la actividad, presentar
anualmente ante EL CONSEJO el certificado de APTO MÉDICO.
Para aquellos deportistas que sean designados para concurrir a cada olimpíada será
obligatorio y excluyente la presentación del DESLINDE DE RESPONSABILIDAD que
solicita EL CONSEJO.
5º Función del Coordinador
El o los coordinadores de la actividad viajan para acompañar a la delegación y
solucionar temas logísticos y organizativos. Por lo que, esto es independiente de su
evaluación y sus marcas competitivas, pero deberán mantener el ejemplo frente a sus
pares deportivos.
6º Canales de Comunicación.
Los coordinadores deberán asistir a las reuniones de la comisión deportes establecidas
por EL CONSEJO, informando a los deportistas y Entrenador todas las novedades
que surjan de las mismas.
La comunicación con EL CONSEJO de las inquietudes de los Matriculados como
así también las del Entrenador, en todo momento será a través de los Coordinadores.
Para
acceder al Reglamento Olímpico Interno General, haga click aquí. |
|