|
Objetivo: Regular las normas para una justa selección de los
representantes del CPCECABA en adelante denominado EL CONSEJO para poder participar de las Olimpíadas Nacionales y/o Regionales.
Las siguientes son las condiciones deportivas generales establecidas para concurrir a las
Olimpíadas en las cuales participe EL CONSEJO:
1. A los efectos de establecer una prioridad en la asignación
de plazas para las Olimpíadas Regionales o Nacionales, en primer término se reservará
una plaza a las parejas que hayan sido campeonas en el primer torneo anual de caballeros
de las categorías libres y senior (considerando las mismas categorías previstas en las
olimpíadas), y luego se considerarán las posiciones del torneo de la categoría libres
de los matriculados que pertenecen al grupo de entrenamiento de los días sábados. La
cantidad de plazas en principio la asignará la Comisión de Deportes (CD) y en función
al interés de los matriculados, se generarán instancias de diálogo con la CD para
gestionar plazas adicionales si fuese necesario.
2. En caso de igualar una pareja con otra su posición en la
tabla del torneo, se desempatará por games average, games a favor, y de persistir el
empate, sorteo.
3. En caso de existir una sola plaza disponible para uno de
los jugadores de una pareja, este lugar se asignará mediante un sorteo, preferentemente
con los jugadores involucrados presentes.
4. El o los coordinadores de la actividad, viajarán de
acuerdo a su criterio para acompañar a la delegación de jugadores y solucionar temas
logísticos y organizativos, independientemente de haber participado o no en el torneo y
de sus ubicaciones en el mismo.
5. Será condición sine qua non para integrar el
Listado De Buena Fe Olímpico, ser profesional matriculado en EL CONSEJO, y no
registrar deuda vencida alguna con esta institución, ya sea por matrícula y/o cualquier
otro concepto.
6. Es EXCLUYENTE, para poder participar de la actividad,
presentar anualmente ante EL CONSEJO el certificado de APTO
MÉDICO.
Para aquellos deportistas que sean designados para concurrir a cada olimpíada será
obligatorio y excluyente la presentación del DESLINDE DE RESPONSABILIDAD que
solicita EL CONSEJO.
7. Se aclara que ante cualquier nuevo jugador que se integre a
la actividad, los coordinadores ubicarán al jugador en el grupo que a priori solicite, se
evaluará su nivel de juego y a criterio de los coordinadores, el jugador que no se
encuentre jugando en la categoría que le corresponde, será recategorizado, a los efectos
de mantener una armónica relación entre los grupos y sus niveles de juego.
8. Los coordinadores deberán asistir a las reuniones de la
comisión deportes establecidas por EL CONSEJO, informando a los deportistas y
Entrenador todas las novedades que surjan de las mismas.
La comunicación con EL CONSEJO de las inquietudes de los Matriculados como
así también las del Entrenador, en todo momento será a través de los Coordinadores.
Para
acceder al Reglamento Olímpico Interno General, haga click aquí. |
|