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La AFIP nos escucha |
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Aplicativo Ganancias
Personas Jurídicas Versión 7.0 |
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En
virtud del pedido formulado
por este Consejo Profesional a través del cual se solicitó la suspensión del
programa aplicativo "Ganancias - Personas Jurídicas - Versión 7.0" al
considerar que la cantidad y complejidad de la información requerida por el mismo supera
el límite de lo razonable; el Organismo Fiscal emitió la Resolución General Nº 2047
(B.O. 05/05/2006) disponiendo que los contribuyentes y responsables con ejercicios
comerciales cerrados en diciembre de 2005, enero y febrero de 2006, podrán optar - con
carácter de excepción - por utilizar en sustitución del programa "Ganancias -
Personas Jurídicas - Versión 7.0", el programa aplicativo denominado
"Ganancias - Sociedades - Versión 6.0".
Asimismo, los sujetos que ejerzan dicha opción, deberán formalizar una presentación de
declaración jurada informativa mediante el formulario 713, generado a través del
programa aplicativo "Ganancias - Personas Jurídicas - Versión 7.99".
Para acceder al texto completo de la resolución y las fechas de
vencimiento, haga click aquí |
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