1. Pregunta: El PPT utilizado durante la conferencia será
subido a la página del Consejo?
Respuesta: Sí,
ya se encuentra en la página.
2.a Pregunta: Los
archivos adjuntos deben hacerse en un formato determinado? o es directamente diagramado
como lo tiene cada estudio contable? (Anexos, etc.)
Respuesta: No
hay un formato determinado.
2.b Pregunta: El
aplicativo permite importar información de un sistema (marca comercial) de gestión
contable?
Respuesta: No
se importa información, sino que se adjuntan archivos. Se pueden adjuntar archivos de
cualquier tipo.
3. Pregunta: No
esta claro en la exposición del aplicativo, como se hace cuando se adjunta un archivo
equivocado, la corrección correspondiente. En solapa de archivos adjuntos.
Respuesta: El sistema de adjuntos es igual a la que funciona en un email: si se
adjunta un archivo equivocado, se lo selecciona, se lo elimina y se vuelve a adjuntar el
correcto.
4. Pregunta: Que
pasa si el balance está en Excel pero dentro de una sola planilla con varias hojas, para
adjuntar el balance?
Respuesta: Se
puede adjuntar ese archivo único.
5. Pregunta: Todos
los datos requeridos por el "Sit" pueden ser importados? En caso afirmativo
¿cómo? se va a proporcionar la estructura de los datos del sistema?
Respuesta: No
se importa información, sino que se adjuntan archivos.
6. Pregunta: Se
pueden presentar archivos del tipo imagen "pdf"?
Respuesta: Sí.
7. Pregunta: Resumiendo
podemos decir que por ahora el profesional no encuentra un beneficio directo, pues se
aumenta la carga de su trabajo, ahorrando trabajo a la IGJ.? (Encuentro el beneficio en el
ahorro de material) creo que es imperativo se solucione la presentación y pago vía
remota.
Entiendo que facilita la administración pública pero no la del profesional /
contribuyente.
Respuesta: Fue
expresado en la introducción a la charla, que se trata de iniciar el camino hacia la
digitalización completa, e incluso desde la PC de cada profesional. Esta es la primera
etapa.
8. Pregunta: Quisiera
aclarar el concepto sobre número referencial para sociedades constituidas antes de 1995.
Respuesta: Se
obtienen de la misma página de la IGJ ingresando por "consulta on line"
9. Pregunta: A
partir de qué fecha resulta obligatorio presentar balances y asambleas con el nuevo
sistema.
Puedo presentar el balance cerrado al 31/12/05 con el viejo sistema?
Respuesta: Es
obligatorio a partir de ejercicios cerrados el 31-5-06. Es optativo para presentaciones de
cierres anteriores a esa fecha.
10.a Pregunta: En
caso que el domicilio de la sede social se haya cambiado y dicha modificación no se
encuentre aún en el registro se denuncia en el aplicativo de la presentación y se da por
válida?
Respuesta: Sí,
se acepta la presentación, pero no reemplaza al trámite de cambio de domicilio.
10.b Pregunta: En caso de
tener balances a presentar de más de 12 meses de antigüedad cómo se presenta?
Respuesta: Es
optativo para presentaciones de cierres anteriores al 31-5-06.
11 Pregunta: En
caso de certificación literal como se procede con el manifiesto?
Respuesta: Hace
tiempo que el Organismo, en su normativa, dispuso no aceptar la certificación literal.
Esto no tiene que ver con la implementación del aplicativo, sino que ya venía siendo
tratado así para la entrega en papel.
12 Pregunta: Ya
no se presentan el balance certificado, el acta de directorio y de asambleas en papel?
Respuesta: No,
solamente se presenta la hoja del manifiesto y el archivo magnético.
13 Pregunta: Se
tienen que presentar también el balance impreso además del disquete?
Respuesta: No.
14 Pregunta: En
el manifiesto qué firmas se certifican:
a) La del contador
b) La del representante de la sociedad
Respuesta: La
del contador.
15 Pregunta: Que
ocurre con empresas inscriptas en IGJ Tierra del Fuego?
¿Cómo presentan?
Respuesta: Es
otra jurisdicción, no está abarcada por este aplicativo, pero se está trabajando para
unificar procedimientos en toda la República.
16.a Pregunta: ¿el
manifiesto no debe firmarlo el síndico?
Respuesta: No,
el manifiesto incluye en un solo papel, dos documentos: la DDJJ del representante legal, y
la certificación de concordancia de contador público independiente.
16.b Pregunta: ¿el acceso
público a la información digitalizada será gratuito?
Respuesta: Es
un tema que debe determinar la IGJ.]
16.c Pregunta: ¿quién
firmará electrónicamente, el representante legal, el auditor o el sindico?
Respuesta: No
hay una firma digital de ninguna persona.
17 Pregunta: ¿qué
datos irían en el campo númerico de títulos? si la persona tiene 100 acciones tendrían
que numerarse cada una por ejemplo la 1,2,3,4
hasta la número 99?
Respuesta: En
general los títulos abarcan un paquete de acciones.
18 Pregunta: Si fuera
necesario presentar estados contables de 2003 ó 2004 se debería presentar con el
precedente aplicativo?
Respuesta: No,
es optativo para los cierres anteriores al 31 de mayo de 2006.
19 Pregunta: ¿Cuál es
el texto de la certificación que debe firmar el contador público?
o sea que se certificaría?
Respuesta: Se
certifica la concordancia del contenido del archivo magnético con los estados contables y
demás información volcada en libros.
20.a Pregunta: ¿cuál va a
ser el costo de cada certificación?
Respuesta: No
tiene un costo diferente al de las restantes legalizaciones.
20.b Pregunta: ¿esto es un costo
adicional? para el cliente o para el profesional?
Respuesta: La
obligación anual de presentar EECC es de la empresa, no del profesional.
21 Pregunta: Este
aplicativo es también aplicable para las fundaciones y asociaciones civiles?
Recuerdo que estas también tienen obligación de presentar balances y asambleas.
Respuesta: No,
por ahora las civiles no están incluidas. La Resolución IGJ 11/05 identifica claramente
los entes obligados.
22 Pregunta: Las
presentaciones expuestas por IGJ en esta conferencia:
¿se pueden obtener en impreso o en archivo? por ejemplo en la web del Consejo?
Respuesta: Ya
están en la web del Consejo.
23 Pregunta: ¿Por que si
la IGJ cobra arancelamiento a las Sociedades Anónimas para realizar el cobro del
funcionamiento de las mismas y los contadores públicos tienen que pasar a ser los
"proveedores" para que puedan tener sus archivos actualizados?
Respuesta: No
es una cuestión específica del aplicativo. Las obligaciones son de la empresa, no del
profesional.
24 Pregunta: ¿Tienen
soporte para trabajar en red?¿Se puede instalar el aplicativo y compartir entre varios
usuarios?¿Se puede instalar en un servidor?
Respuesta: Se
puede trabajar en red. La característica es "monousuario" y
"multiempresa".
25 Pregunta: ¿Quién
proveerá el certificado digital para poder firmar?
Respuesta: No
es firma digital, sino seguridad digital, sin necesidad de obtener un certificado.
26 Pregunta: ¿Cómo se
obtiene la firma electrónica?
Respuesta: No
se obtiene, el mismo aplicativo es el que se encarga de otorgarle la seguridad.
27.a Pregunta: El balance
impreso (tradicional) firmado por el presidente y contador no se presenta más?
Respuesta: No.
27.b Pregunta: Tampoco el informe del
auditor con la memoria?
Respuesta: Tampoco.
27.c Pregunta: Sólo el manifiesto queda
firmado por el Presidente y Auditor?
Respuesta: Sí.
28.a Pregunta: ¿Los datos
de los EECC se guardan en archivos Word y Excel? ¿Tienen un formato preestablecido?
Respuesta: Se
admite cualquier tipo de archivo del entorno "windows", y no hay formato
preestablecido.
28.b Pregunta: ¿Aceptan fórmulas?
Respuesta: No
se necesita aplicar fórmulas.
28.c Pregunta: ¿Hay algún control de
datos ingresados? (como lo hace el Siap Ganancias Sociedades)
Respuesta: Hay
controles de consistencia que se explicaron en la exposición.
28.d Pregunta: ¿Cuál es la seguridad
sobre la integridad de la información?
Respuesta: Idem
anterior.
28.e Pregunta: ¿Qué pasa si no uso
Microsoft Office?
Respuesta: Si
se refiere a que no usa PC y elabora todo manualmente, habrá que pasar a la
computarización. Si se refiere a que usa otros sistemas, debería plantear concretamente
cuál o cuáles.
28.f Pregunta: ¿Puedo adjuntar los EECC
en un PDF?
Respuesta: Sí.
29 Pregunta: ¿Al hacer
la DDJJ del año siguiente hay que volver a cargar los datos?
Respuesta: No
todos. Sólo los que hayan variado.
30 Pregunta: ¿Bajé el
aplicativo y no puede entrar al programa por que me dice que hay un archivo que es
antiguo, que no es el que se copió con el programa siendo que ese archivo no se bajo en
la descarga?
Respuesta: Probablemente
no se realizó correctamente la instalación. Le sugerimos eliminar todos los archivos e
instalar nuevamente el demo.
31 Pregunta: ¿Con la
versión definitiva se tendrá que desinstalar el demo?
Respuesta: No,
no es necesario, pero es mejor para no confundirse. Igualmente el demo no imprime el
manifiesto.
32 Pregunta: ¿Cómo se
obtiene de la página de Internet el número correlativo de la Sociedad, para realizar el
control?
Respuesta: En
la página de la IGJ, (a la que se puede acceder desde "sitios de interés" de
la del Consejo), debe seleccionar "Consulta on line", y luego el nombre de la
sociedad.
33 Pregunta: Ya que los
datos del directorio y órgano de fiscalización se colocan en el aplicativo, es necesario
llenar el anverso del formulario 2 con los mismos datos?
Respuesta: No,
no es necesario.
34 Pregunta: Los archivos
pueden ser de imagen?
Respuesta: Sí.
35.a Pregunta: ¿se pensó
en integrar este software al SIAP de la AFIP así como lo ha hecho el convenio
multilateral?
35.b Pregunta: ¿se pensó
en el lenguaje XBRL para este software?
35.c Pregunta: ¿por qué
los organismos públicos actúan como islas y no unifican datos y el software?
Respuesta: son decisiones de las autoridades de cada organismo. Respecto de la
integración con el SIAP, el tema se encuentra en estudio para hallar una solución en
forma conjunta con la AFIP.
35.d Pregunta: ¿Por qué
no hacer como con el formulario 780, presentado y pagado en el CPCECABA, la certificación
de firma y el valor del formulario N° 2?
Respuesta: Durante la reunión se explicó que se tratará de unificar la
presentación.
35.e Pregunta: ¿Por qué
no se desarrolla la página www.igj.gov.ar?
Respuesta: La IGJ tiene su sitio en internet. |