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Publicado:26/06/2006

Normas de Actuación Profesional del Actuario
El Consejo aprobó las Normas de Actuación Profesional del Actuario en Programas de Seguridad Social
El Consejo Directivo de nuestra Institución aprobó por Resolución CD N° 43/2006, las Normas de Actuación Profesional del Actuario en Programas de Seguridad Social (PSS) y estableció que serán de aplicación obligatoria para todos los informes actuariales que se emitan a partir del 1° de julio del 2006.

Las Normas alcanzan los PSS estipulados por ley, que cubran una población amplia y definida, generalmente con una base de cobertura obligatoria o automática, y cuyos beneficios son generalmente pagaderos en virtud de conceptos tales como: vejez, retiro, muerte, discapacidad, invalidez, salud, enfermedad, maternidad, desempleo, accidentes de trabajo.

También pueden aplicarse dichas normas en el trabajo de los actuarios a cargo de valuaciones de programas públicos de jubilaciones y pensiones financiados por el Estado o por una organización paraestatal o programas privados.

El cumplimiento de estas normas por parte de los actuarios permitirá que los usuarios de este trabajo actuarial confíen en su profesionalismo, objetividad y rigor científico. Asimismo se destaca que el establecimiento de dichas normas contribuye al desarrollo de una práctica actuarial homogénea en todo el mundo, adaptada a las necesidades locales propias.

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