-

 

Publicado: 17/01/2006

Nota al Gobernador Dr. Felipe C. Solá
El Consejo sugiere prudencia en las expresiones de funcionarios del gobierno de la Prov. de Bs. As.
Buenos Aires, 17 ENE 2006

NOTA Nº 000304

Señor Gobernador de la
Provincia de Buenos Aires
Dr. Felipe C. Solá
Calle 6 e/ 51 y 53
La Plata - Provincia de Buenos Aires

Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. en virtud de las recientes declaraciones vertidas por autoridades de esa Provincia en diferentes diarios del país en las que enuncian, entre otras cosas, que los constitucionalistas y los tributaristas prefieren defender a los que no pagan sus impuestos y para eso utilizan una ingeniería de mecanismos para evadir. Esta afirmación merece un alarmante llamado de atención por parte del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Esas falsas acusaciones atentan contra profesionales y jueces especializados en materia tributaria y denota que quien las ha expresado desconocería que la relación existente entre el fisco y los contribuyentes es una relación de derecho y no una relación de poder.

No es cierto que los profesionales especializados en materia tributaria defiendan a los evasores o apliquen mecanismos para evadir. Por el contrario, existe evidencia y numerosos trabajos doctrinarios que demuestran como el asesoramiento experto en materia fiscal mejora la recaudación tributaria. La evasión constituye un delito y por lo tanto queda reservada para los que se encuentran intencionalmente fuera de la ley, como cualquier otra infracción de tipo penal que lleven adelante los delincuentes y no los tributaristas.

Un Estado de Derecho se encuentra dotado por un sistema legislativo, dentro del cual existen normas de carácter penal, y ello constituye un instrumento idóneo para combatir y/o reprimir a la evasión fiscal.

La complejidad propia de legislar en materia tributaria se agrava por la falta de consideración de las propuestas formuladas por los tributaristas y/o Instituciones representativas, con anterioridad a la sanción de las leyes.

Por otra parte, resulta preocupante que la delegación de facultades especiales a los Organismos Fiscales se haya convertido en una herramienta imprescindible para poder cumplir con su misión de recaudar.

En particular, los recientes superpoderes suministrados al Subsecretario de Ingresos Públicos atentan contra los principios básicos de la tributación - dentro de los cuales se encuentra el principio de seguridad jurídica -, contra derechos constitucionales - como ser el derecho a la propiedad y el derecho a la defensa en juicio-, y contra derechos administrativos.

Quien ejerce la función de recaudar, debe cumplir dicha misión con responsabilidad, respeto al sistema jurídico y a los contribuyentes. Por lo tanto, sugerimos prudencia en las expresiones y decisiones firmes en lo que concierne a cuestiones relevantes para la Provincia de Buenos Aires.

Sin otro particular, saludamos a Ud. atte.

Alejandro González Escudero
Vicepresidente 2º

Volver  |  Página Inicio