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Publicado: 27/07/2006

Nota a la AFIP
Devoluciones de pagos o ingresos en exceso. RG DGI 2224
El Consejo envió una nota a la AFIP en virtud de la reforma al régimen estipulado por la Resolución General DGI Nº 2224, mediante la cual se eliminó el requisito de presentación de certificación o dictamen profesional a realizarse por Contador Público.

La Resolución General AFIP Nº 2076 modificó el régimen de devoluciones de pagos o ingresos en exceso a favor del contribuyente, instaurado por la Resolución General Nº 2224. Como parte de las modificaciones introducidas, la norma reglamentaria eliminó los artículos 6, 8, 9, 10 y 11.

En particular, el segundo párrafo del artículo 8 establecía que en el supuesto en que la devolución trate de saldos originarios totales que a la fecha de presentación superen el monto de $ 65 , el detalle referido en el párrafo anterior como así también el incluido en el Formulario 278, debía contar con certificación profesional, extendida en el Formulario 278/F; al tiempo que su tercer párrafo disponía que en el caso de que los montos superen la suma de $300 correspondía además dictaminar sobre los ajustes realizados para llegar al resultado impositivo o impuesto determinado por todos los períodos fiscales no prescriptos a la fecha de la solicitud, acompañando a tal efecto el Formulario 278/G.

Por otra parte, el artículo 10 enunciaba que cuando se requiriese certificación o dictamen profesional, éstos debían ser efectuados por Contador Público y legalizados por Consejo Profesional o Colegio ante el cual se halle matriculado.

Por lo expuesto, mediante dicha nota, el Consejo advirtió al Fisco Nacional que la falta de visado de la información presentada por parte de un Contador Público, y la consecuente ausencia de certificación o dictamen profesional, legalizado en el Consejo Profesional o Colegio respectivo puede implicarle problemas recaudatorios, y al mismo tiempo, que ello deriva en restarle a parte de nuestra matrícula su intervención profesional con la consecuente pérdida de la labor.

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