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Publicado: 06/08/2007

Opinión del Presidente de nuestro Consejo

Hay que destruir la tablita

Clarín | Domingo 5 de agosto de 2007, en el Suplemento Económico (IECO), Nota de tapa, pág. 7

La perversidad de la inflación hace que los ingresos que no cambian disminuyan su capacidad de compra y que sólo para mantenerlos en su mismo nivel se requiera aumentarlos nominalmente en la exacta medida del índice inflacionario.

En este último caso, va de suyo que la persona titular de tales ingresos tendrá el mismo poder adquisitivo que antes y que, si no era contribuyente, no debería serlo ahora pues su capacidad contributiva no se ha modificado.

Del mismo modo, si era pasible de una determinada carga fiscal, la actual no debería ser mayor. Lo contrario determinaría que el impuesto no surja de la ley tal como lo establece nuestra Carta Magna, sino de la inflación.

En la Argentina, a partir de la convertibilidad y con mayor fuerza a partir de la crisis de 2002, no se ha reconocido el efecto de la inflación sobre los ingresos y sobre los patrimonios y se han gravado las nuevas cifras nominales.

De este modo, se ha expandido la carga real tributaria sobre nuevos contribuyentes y sobre franjas de ingresos y de patrimonios reales que antes no estaban alcanzados o, inclusive, se han gravado a tasas superiores que en el pasado.

A esta realidad se agregó el efecto de la ahora famosa “Tablita Machinea”, que por razones exclusivamente recaudatorias, había eliminado gradualmente hasta hacerlas desaparecer, las deducciones por mínimo no imponible, adicionales y cargas familiares en el impuesto a las ganancias de las personas físicas.

Así fue que la combinación entre la falta de actualización de las escalas gravadas y de los mínimos no imponibles y adicionales, potenciadas por la tablita, tuviera un mayor efecto recaudatorio que cualquier reforma legal que hubiera incrementado la presión tributaria sobre las personas físicas. Con la facilidad de no necesitar la sanción de una ley.
Ya fuera del contexto de angustia de los primeros años de la crisis, con una economía en expansión y la consiguiente recuperación de ingresos reales, es momento de encarar como salir del esquema de emergencia recaudatorio basado en la inflación. Para ello hacía falta actualizar escalas, deducciones, mínimos no imponibles y adicionales para dejar de gravar los incrementos de ingresos sólo nominales y destruir la mentada “tablita”.

Diferencias que atentan contra la equidad

Y esta corrección debiera hacerse con respeto a todas las personas físicas y no limitarlas a las que laboran en relación de dependencia. Está en juego la equidad. No se justifica que, a igualdad de ingresos, un trabajador en relación de dependencia de ingresos medios o altos deba tener una carga fiscal menor que un autónomo.

El proyecto del Poder Ejecutivo no solamente no contempla ninguna equiparación entre contribuyentes al destinarse exclusivamente a quienes laboran en relación de dependencia, sino que mantiene la vigencia de la “tablita” para ingresos superiores a 91.000 pesos anuales, pero comenzando con un porcentaje de eliminación del mínimo no imponible, adicionales y cargas de familia de 50%.

Con ello, quien gane 91.001 pesos pagará varios miles de veces este peso adicional sobre quien gane justo 90.000 pesos (11.400 versus 4.500 en la hipótesis de familia tipo).

Verdaderamente una deficiencia de técnica normativa que debe corregirse. Por su parte, con esos mismos ingresos, un profesional independiente pagará 15.300 y 11.100 pesos, respectivamente. Una diferencia sin justificación alguna.

De igual modo, las actuales escalas de valores no imponibles y escalas de tributación en el impuesto sobre los bienes personales tampoco tiene justificativos.

La posición de nuestra Institución al respecto tienen apoyatura en estos principios y por lo tanto creemos que el proyecto de reformas es parcial y tiene un sesgo que debería ser corregido por el Congreso.

Este es el sentido de nuestra contribución, expresado en el proyecto de reforma que hemos elevado a los poderes públicos y que tenemos la esperanza que será considerado.

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