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Publicado: 22/10/2008

Res. Gral. AFIP 2508/08
Modificación de la base imponible máxima para la determinación de los aportes y contribuciones
Como consecuencia de la nota presentada por este Consejo Profesional al Señor Director General de Recursos de la Seguridad Social de la AFIP, Dr. Guillermo Ramírez, por algunas inquietudes surgidas del análisis del Decreto 1448/08, la AFIP dictó la Resolución Gral. AFIP 2508/08, en la cual se establece el límite máximo de bases imponibles respecto de las remuneraciones correspondientes a los periodos devengados noviembre de 2008 y siguientes, de acuerdo con el siguiente cuadro:
Conceptos Bases imponibles máximas
desde 1/11/08
Aportes al:
Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, Ley 24.241 y sus modificaciones (*)

$   7.800

Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Ley 19.032 y sus modificaciones
Régimen Nacional de Obras Sociales, Ley 23.660 y sus modificaciones
Régimen Nacional del Seguro de Salud, Ley 23.661 y sus modificaciones
Cuotas Ley Riesgos del Trabajo, Ley 24.557 y sus modificaciones

$   7.800

Contribuciones al:
Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, Ley 24.241 y sus modificaciones

Sin límite máximo

Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, N° 19.032 y sus modificaciones
Régimen Nacional de Obras Sociales, Ley 23.660 y sus modificaciones
Régimen Nacional del Seguro de Salud, Ley 23.661 y sus modificaciones
Fondo Nacional de Empleo, Ley 24.013 y sus modificaciones
Régimen de Asignaciones Familiares, Ley 24.714 y sus modificaciones
(*) En el caso de los regímenes especiales establecidos en las Leyes 24.016, 24.018, 22.731 y 22.929 y los Dtos. 137/05 y 160/05, el cálculo de los aportes y las contribuciones con destino al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones se efectuará sin considerar el límite máximo para su base imponible.

Por otra parte, para la determinación nominativa e ingreso de los aportes y contribuciones deberá utilizarse el programa aplicativo “Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones – Versión 30” (disponible en la página web de la AFIP a partir del 15/11/2008).

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