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Con el objetivo de difundir las novedades vinculadas al vencimiento anual
de Ganancias y Bienes Personales de personas físicas y sucesiones indivisas, la
Administración Federal de Ingresos Públicos remitió una nota a nuestro Consejo,
aclarando que en los próximos días se estará emitiendo la reglamentación que las
instrumenta.
Las principales modificaciones son las que se detallan seguidamente: Programa aplicativo a utilizar:
A fin de cumplir con las obligaciones relativas al período fiscal 2007,
debe utilizarse el programa aplicativo Ganancias Personas Físicas
Bienes Personales Versión 9.0.
Dicho programa estará disponible en la página web de la AFIP (www.afip.gov.ar) a partir del 19 de
marzo próximo.
La declaración jurada que se genere con el citado programa deberá ser presentada
únicamente por internet, con las siguientes modalidades:
- utilizando la clave fiscal o,
- con clave bancaria, ingresando a tales efectos a las páginas de los bancos habilitados.
Empleados en relación de dependencia:
A) Bienes Personales:
- Se incrementa de $ 72.000 a $ 96.000 el monto de las
remuneraciones percibidas a partir del cual los empleados en
relación de dependencia deberán realizar la presentación de la dd.jj. correspondiente
al impuesto.
- Si los bienes valuados no superan los $ 305.000 de acuerdo con
la normativa vigente podrán presentar la dd.jj. del período fiscal 2007, hasta
el 30/06/2008, excepto que determinen impuesto a ingresar.
B) Ganancias Opción:
- Los empleados que perciban remuneraciones brutas
anuales por un valor igual o superior a $ 144.000, provenientes
exclusivamente del trabajo desarrollado en relación de dependencia, jubilaciones
o pensiones, podrán cumplir con la obligación correspondiente al impuesto a las
ganancias vía Internet, utilizando el servicio con clave fiscal denominado Régimen
Simplificado Ganancias Personas Físicas, el que estará disponible a
partir del 19 de marzo próximo.
- En el supuesto comentado precedentemente, la presentación de Bienes Personales
deberá realizarse utilizando el aplicativo Ganancias Personas Físicas
Bienes Personales Versión 9.0. |
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