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Publicado: 24/09/2008

Decreto 1448/08
MOPRE. Incremento en el tope de la base imponible para aportes y contribuciones
Las autoridades de nuestro Consejo Profesional, mediante una nota dirigida al Sr. Director General de Recursos de la Seguridad Social de la AFIP, Dr. Guillermo Ramírez, plantearon una serie de inquietudes surgidas del análisis del Dto. 1448/08.

La citada norma establece un incremento de la cantidad de MOPREs para establecer el tope de la base imponible para la determinación de los aportes y contribuciones con destino a la L. 19032, Obras Sociales y cuotas de la ART.

La misiva solicita al Sr. Director que el Organismo se expida, acerca de las disposiciones del Dto., en particular sobre la vigencia de la norma, ya que esta se aplicará a partir del mes “subsiguiente” a la fecha de publicación del citado Decreto, al respecto esta remisión provoca cierta expectación sobre el alcance temporal que hay que brindarle al término “subsiguiente”.

Asimismo, la medida dispuesta genera interrogantes respecto a cuál resulta ser el tope imponible máximo para determinar las contribuciones con destino al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados – Ley N° 19.032- y a las Obras Sociales, ello toda vez que dependa de la interpretación que se realice, sobre si ambas contribuciones tienen o no un tope máximo para su determinación.

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