|
|
|
|
|
|
Nota a AFIP |
|
Ley 26.476: Solicitamos
mayor plazo para emplear el procedimiento alternativo de pago |
|
|
|
|
El pasado 07/09/2009, el Fisco Nacional publicó
en su página web una noticia vinculada al establecimiento con carácter de
excepción- de un procedimiento alternativo para el pago del anticipo correspondiente a
los Títulos I y II y el Pago Único del Título III de la Ley 26.476.
En torno a ello, se informó que el mismo puede realizarse en cualquier entidad bancaria,
utilizando a tales fines el Formulario 799/E, hasta la fecha de vencimiento del VEP,
abonando el importe exacto consignado en el VEP generado.
En función de la cantidad de consultas efectuadas por nuestros matriculados, quienes
expresaron no haber estado informados de este procedimiento en el tiempo oportuno como
para poder concurrir a las entidades bancarias habilitadas con anterioridad a la fecha del
vencimiento del VEP, este Consejo Profesional solicitó mediante nota al Organismo
Recaudador se conceda un plazo especial con el objetivo de poder emplear el procedimiento
alternativo habilitado. |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|