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Defensa de las incumbencias |
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El Consejo reitera: la
administración de consorcios debe ser ejercida exclusivamente por nuestros profesionales |
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Recientemente el Colegio Público de Abogados
de la Capital Federal (CPACF) ha dado a conocer en su sitio web la apertura de un Registro
voluntario para aquellos abogados que deseen administrar consorcios de copropietarios
sujetos a la Ley 13.512. El propósito, según allí se aclara, es que los
profesionales de esa disciplina que decidan anotarse quedarán sujetos al control del
Tribunal de Disciplina de esa entidad, brindando de esta manera mayor seguridad a los
consorcistas al momento de elegir a un administrador.
En defensa de las incumbencias de sus profesionales, nuestro Consejo publicó una solicitada (pdf, 248Kb)
en diario Clarín, haciendo saber a la opinión pública que, de acuerdo con lo
establecido por la Ley Nacional de Ejercicio Profesional Nº 20.488, la actividad de
administrador de consorcios corresponde ser ejercida exclusivamente por los Profesionales
en Ciencias Económicas Licenciados en Administración.
En tal sentido, nuestro Consejo ha presentado ante la Legislatura de la Ciudad de Buenos
Aires un Proyecto de Ley resguardando la actividad de los Profesionales en Ciencias
Económicas en lo que respecta a las tareas específicas de sus competencias.
Concretamente, el Proyecto
2499-D-2008 (pdf, 16Kb) contempla la actuación del Contador Público en lo referente
a la Auditoría Contable de los consorcios, mientras que los informes referidos a la
gestión del administrador deben quedar a cargo de los Licenciados en Administración.
Asimismo, el mismo día se envió la Nota Nº 2.406 (pdf, 12Kb), al Sr. Presidente del CPACF, a efectos de
solicitarle se deje sin efecto el mencionado registro y se retire la información de la
página web de esa Institución. |
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