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CABA |
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Ingresos Brutos. Nuevo
régimen de percepción para cánones, alquileres, arrendamientos y otros |
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Con la finalidad de optimizar la función de
recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos, la Administración Gubernamental de
Ingresos Públicos - a través de la Resolución Nº 560/08 - asignó a determinados sujetos la
obligación de actuar como agentes de percepción por los cánones, alquileres,
arrendamientos y cualquier otro pago, derivado de los contratos pactados con sus
locatarios, por el uso o goce de inmuebles, locales, oficinas, patios de comidas, lugares
de esparcimiento, stands, cocheras y cualquier otro lugar común de shoppings, paseos de
compras y similares de esta ciudad.
La alícuota aplicable será del 3% sobre el precio neto de la operación y el
contribuyente que sufra la percepción podrá aplicar el monto percibido en el período
correspondiente en que se produjo la misma.
Se destaca que la norma bajo análisis resulta de aplicación a partir del 02/02/2009. |
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