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Publicado: 08/01/2009

CABA
Ingresos Brutos. Nuevo régimen de percepción para cánones, alquileres, arrendamientos y otros
Con la finalidad de optimizar la función de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos - a través de la Resolución Nº 560/08 - asignó a determinados sujetos la obligación de actuar como agentes de percepción por los cánones, alquileres, arrendamientos y cualquier otro pago, derivado de los contratos pactados con sus locatarios, por el uso o goce de inmuebles, locales, oficinas, patios de comidas, lugares de esparcimiento, stands, cocheras y cualquier otro lugar común de shoppings, paseos de compras y similares de esta ciudad.

La alícuota aplicable será del 3% sobre el precio neto de la operación y el contribuyente que sufra la percepción podrá aplicar el monto percibido en el período correspondiente en que se produjo la misma.

Se destaca que la norma bajo análisis resulta de aplicación a partir del 02/02/2009.

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