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Publicado: 29/05/2009

Derogación Tablita de Machinea
Solicitamos a la AFIP se reglamente el recálculo de Anticipos de Ganancias - Personas Físicas
A raíz de la derogación del artículo 23.1 de la ley del impuesto a las ganancias (Tablita de Machinea) mediante la Ley Nº 26.477, el Consejo solicitó a la Administración Federal de Ingresos Públicos -mediante nota- la pronta reglamentación del procedimiento a aplicar a los fines de recalcular los anticipos vinculados al período fiscal 2009.

Los fundamentos del citado pedido se vinculan al hecho de que tales anticipos serán calculados sobre la base del impuesto determinado en el año fiscal 2008, monto que contempla los efectos del artículo 23.1 de la ley, por cuanto los efectos de la Ley Nº 26.477 resultan de aplicación a partir del año fiscal 2009, arribándose en consecuencia a 5 anticipos cuyo valor individual resultará mayor del que hubiera correspondido ingresar en el supuesto de haberse contemplado la supresión del mencionado artículo.

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