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Publicado: 1/06/2010

Cambio de Auditoría Externa
En la sesión del 23 de julio de 2008 el Consejo Directivo resolvió, por unanimidad y según resolución C.D. Nº 88/2008, aprobar las Bases para la evaluación de las propuestas del Concurso de Antecedentes para la contratación del Servicio de Auditoría Externa de los Estados Contables por los Ejercicios 2009 y 2010. También resolvió designar a 3 (tres) Consejeros (2 por la mayoría y 1 por la minoría) a efectos de asesorar durante el proceso previo a la decisión final.

El alcance de los servicios a cotizar incluía la auditoría anual de los estados contables por los ejercicios a finalizar el 30 de junio de 2009 y 2010, y la revisión limitada por los ejercicios intermedios a finalizar el 30 de septiembre y 31 de diciembre de 2008 y 2009 y 31 de marzo de 2009 y 2010.

Una vez terminado su trabajo, la Comisión compuesta por los 3 Consejeros oportunamente designados resolvió, por unanimidad, presentar en la sesión del Consejo Directivo del 15/10/2008 la siguiente terna de Estudios: Mazars, KPMG y Bértora.

El Consejo Directivo, en la mencionada sesión y según Resolución C.D. Nº 131/2008, aprobó por mayoría designar al estudio KPMG para prestar el Servicio de Auditoría Externa.

Con fecha 12/05/10 se recibió en el Consejo una nota remitida por el Estudio KPMG mediante la que nos indican que, en virtud de que su socio Dr. José Alberto Schuster es candidato y podría llegar a ser elegido Presidente del Consejo, esa firma considera que no puede continuar con las tareas que le fueran contratadas. Destacan, además, que su última auditoría correspondió a los estados contables del Consejo al 30/06/09, y con la revisión limitada al 31/12/09 concluyen su función.

Dado que la designación de KPMG surgió como resultado de un proceso licitatorio, y considerando que la elección final se definió con la participación de una terna seleccionada por unanimidad por la Comisión Asesora, se procedió a convocar a los 2 oferentes restantes para que adecuen sus cotizaciones para el caso de ser designados para completar el trabajo de auditoría restante (cierre de estados contables al 30/06/10 y revisión limitada al 31/03/10).

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