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Publicado: 27/07/2010

Se extiende el uso del CETA
A partir del mes de agosto, la obligación de solicitar el Formulario CETA, RG (AFIP) Nº 2729, “Certificado de Transferencia Automotor”, en la transferencia de vehículos usados se hará extensiva a las transacciones superiores a los $ 30.000,-

Los datos volcados en el CETA, el cual el vendedor debe obtener vía web o por sistema telefónico, y que deben adjuntarse al formulario 08, contiene, entre otros datos, el precio de venta del vehiculo.

Cabe aclarar que cuando la operación se realiza por intermedio de concesionarios o comerciantes que se encuentren registrados ante la AFIP en el Registro de Operaciones de Compraventa de Automotores y Motovehículos Usados, son estos los responsables de la obtención del CETA, liberando al titular del vehículo de cumplir la obligación.

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