La presentación de la Declaración jurada
cuya obligatoriedad estableció la Resolución General 01/2010 podrá ser realizada en la
receptoría de la IGJ que funciona en el Consejo. El horario de atención
es el mismo que el de la mesa de entradas de la Inspección de Justicia, que es el de 9:30
a 14 hs. El matriculado no debe olvidar concurrir con la documentación que lo
acredite como tal.
A través de la Resolución General 01/2010 (publicada en el Boletín Oficial el
19/07/2010), la Inspección General de Justicia estableció la obligación de presentar
una declaración jurada de actualización de datos para las sociedades comerciales,
extranjeras y binacionales, como así también para las asociaciones civiles y
fundaciones.En dicha declaración se deberá detallar,
entre otros datos:
La sede social efectiva.
Las autoridades vigentes.
Último estado contable
presentado a la I.G.J.
Última tasa abonada, con
la obligación de adjuntar la constancia de estado de deuda expedida por el sector
correspondiente
C.U.I.T.
Si se encuentra
comprendida en el art. 299 de la ley 19.550.
La información
mencionada se deberá presentar con la firma del representante legal de la entidad
certificada notarialmente.
No están comprendidas las entidades que obtengan personería jurídica con posterioridad
a la vigencia de la norma (20/07/2010).
La IGJ aplicará sanciones en el caso de detectar falseamiento de datos o incumplimiento
de la presentación de la declaración jurada.
Asimismo, en los trámites que efectúen las entidades ante la IGJ será requisito
excluyente para el curso de los mismos la acreditación del cumplimiento de la
presentación de la declaración jurada.
Por último, se
fija un plazo de 60 días corridos para la presentación de la
declaración jurada, según el siguiente cronograma:
Asociaciones Civiles y
fundaciones: a partir del 02/08/2010 (el plazo se extendió posteriormente - Res. IGJ Nº 2/2010- hasta el 30 de noviembre).
Sociedades
Binacionales y entidades extranjeras: a partir del 06/09/2010.
Sociedades
comerciales: a partir del 04/10/2010.
FORMULARIO
A UTILIZAR
LA DECLARACION JURADA SE DEBE PRESENTAR EXCLUSIVAMENTE EN UN FORMULARIO QUE PUEDE SER
BAJADO DESDE: http://www.jus.gov.ar/igj/DDJJ/PDF/Declaracion
jurada.pdf.
NO DEBE ALTERARSE EL FORMATO NI EL TAMAÑO DEL MISMO, CASO CONTRARIO EL MISMO NO PODRÁ
SER ACEPTADO. |