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El Consejo logró una
prórroga para los Monotributistas |
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Fue publicada la Res.
Gral. AFIP 2989/10, a través de la cual se consideran presentadas en término en
término la declaración jurada informativa dispuesta por la Res.
Gral. AFIP 2888/10, siempre que dicha presentación se efectúe hasta el décimo
quinto día corrido contado a partir del día inmediato siguiente, inclusive, al de
publicación de la Resolución, es decir hasta el 24/12/2010, inclusive.
Recordamos que la citada norma establece un régimen de información mediante la
presentación de una declaración jurada informativa cuatrimestral por parte de los
pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes
(Monotributo), la cual había sido prevista por el art. 14 de la Res.
Gral. AFIP 2746/10, y que la presentación y cuya primer presentación debió
efectuarse hasta el día 30/9/2010.
Cabe recordar que esta prórroga en la presentación de la información requerida se
otorga dentro del marco del pedido realizado por nuestro Consejo plasmado mediante el
envío de sendas notas remitidas al Dr. Ricardo D. Echegaray, Administrador Federal de
Ingresos Públicos y al Dr. Diego Garayzabal, Subdirector General de Servicios al
Contribuyente de la AFIP. En las notas esta entidad destacó los serios inconvenientes en
el sistema, comunicados por nuestra matrícula en torno a la imposibilidad material de
cumplir con la obligación.
Para acceder a la nota 4851 haga click aquí (pdf, 106Kb)
Para acceder a la nota 4852 haga click aquí (pdf, 49Kb) |
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