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Publicado: 19/01/2010

Monotributo: Los contribuyentes excluidos podrán recategorizarse
En consonancia con lo solicitado por este Consejo Profesional en la conferencia del “Nuevo Régimen Simplificado” realizada el jueves 14/01, la AFIP ha decidido permitir que aquellos Pequeños Contribuyentes que en el año 2009 hubieran superado el límite máximo de facturación - $ 72.000 para locaciones y/o prestaciones de servicios y $144.000 para el resto de actividades - puedan recategorizarse en una escala superior a la que contemple dichos valores, según corresponda.

De este modo, el Fisco Nacional flexibiliza el trámite de recategorización – correspondiente al 3º cuatrimestre del 2009 y cuyo plazo de vencimiento opera el viernes 22 de enero próximo – a todos aquellos sujetos que han quedado excluidos durante el 2009 del Régimen Simplificado. No obstante ello, desde el Organismo Recaudador se ha informado que en dichas circunstancias el sistema informático desplegará un alerta que expresa:

“Usted se ha recategorizado. Conforme los datos que está declarando ha superado los parámetros máximos previstos en la Ley anterior del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, vigente hasta el 31/12/2009. Lo invitamos a regularizar su situación”.

En función de lo expuesto y dado que el Nuevo Régimen Simplificado está vigente desde el 1º de enero del corriente año, los Pequeños Contribuyentes que se encuentren en tales circunstancias, una vez realizado el trámite de recategorización, podrán regularizar aquellas obligaciones (IVA, Ganancias y Autónomos de corresponder) que se hubieran generado con motivo de la citada exclusión, en el plazo que oportunamente fije la Administración Fiscal.

Solicitud de mayor plazo para pago y recategorización
Por otra parte, se destaca que se ha solicitado por nota, la extensión del plazo – cuyo vencimiento opera el 22 de enero próximo – a los fines de realizar la recategorización y pago por el mes de enero.

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