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Impuesto a las Ganancias
Personas Físicas: El Consejo sugiere a la AFIP que conceda más plazo |
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Si
bien la publicación de la Resolución General Nº 3061 (B.O. 18/03/2011) favoreció a
todos los contribuyentes y responsables -por aplicación del principio de equidad-, el
Consejo sugirió a la AFIP, mediante nota 1421 (pdf, 51Kb), que analice la posibilidad de otorgar una
prórroga en los plazos para cumplir con la obligación de presentar la declaración
jurada del impuesto a las ganancias por parte de las personas físicas y sucesiones
indivisas.
En la misiva al titular de la AFIP se expresa que el plazo existente entre la puesta
a disposición de los programas aplicativos y las fechas de vencimiento fijadas para el
corriente mes de abril resulta escaso, ya que los feriados del mes de marzo quitaron
tiempo de trabajo efectivo a nuestra matrícula, ello en adición a la carga adicional de
trabajo generada a los profesionales al tener que determinar cuál es la diferencia de
impuesto a diferir.
Se destaca que lo informado se vincula con la obligación de presentar la declaración
jurada y no con la de ingreso del saldo resultante, por lo que su aplicación no
afectaría la recaudación tributaria. |
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