La IGJ prorroga nuevamente los plazos para reempadronarse

Publicado: 29/06/2011

La Inspección General de Justicia (IGJ) acaba de prorrogar nuevamente el plazo para la presentación de Declaración Jurada a la cual están obligadas las sociedades comerciales, las sociedades extranjeras y binacionales y las asociaciones civiles y fundaciones.

Mediante la Resolución IGJ 2/11, y en el entendimiento de que ya transcurrió un período de tiempo razonable desde la entrada en vigencia de la Res. IGJ 1/10, dicho organismo establece un cronograma definitivo de presentaciones, fijando un esquema de cierre escalonado para su finalización. Los nuevos plazos, ahora definitivos, para la presentación de la Declaración Jurada Res. IGJ 1/11 son los siguientes:

a) Asociaciones Civiles y Fundaciones hasta el 29 de julio inclusive;

b) Sociedades Extranjeras hasta el 30 de septiembre inclusive,

c) Sociedades Comerciales hasta el 30 de noviembre inclusive para el envío vía web del aplicativo, continuando vigente la solicitud on line de turnos para la presentación en soporte papel de la Declaración Jurada respectiva.

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