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La Inspección General de Justicia (IGJ) acaba
de prorrogar nuevamente el plazo para la presentación de Declaración Jurada a la cual
están obligadas las sociedades comerciales, las sociedades extranjeras y binacionales y
las asociaciones civiles y fundaciones.
Mediante la Resolución IGJ
2/11, y en el entendimiento de que ya transcurrió un período de tiempo razonable
desde la entrada en vigencia de la
Res. IGJ 1/10, dicho organismo establece un cronograma definitivo de presentaciones,
fijando un esquema de cierre escalonado para su finalización. Los nuevos plazos, ahora
definitivos, para la presentación de la Declaración Jurada Res. IGJ 1/11 son los
siguientes:a) Asociaciones Civiles y Fundaciones hasta el 29 de julio inclusive;
b) Sociedades
Extranjeras hasta el 30 de septiembre inclusive,
c) Sociedades
Comerciales hasta el 30 de noviembre inclusive para el envío vía web del aplicativo,
continuando vigente la solicitud on line de turnos para la presentación en soporte papel
de la Declaración Jurada respectiva. |
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