Publicado el 13/09/12

Iniciativa del Consejo que llegó a buen puerto: la AFIP amplió el plazo de la Feria Fiscal

De acuerdo con lo que el titular de la AFIP anunciara días atrás en nuestro Consejo (hacer clic aquí), en el Boletín Oficial del día de la fecha acaba de comunicarse la Res. 3385/2012de ese Organismo, merced a la cual estableció que durante determinados períodos del año —atendiendo a las ferias dispuestas por el Poder Judicial de la Nación— no se computen los plazos previstos en los distintos procedimientos vigentes ante la AFIP, vinculados con la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a su cargo.

 

Se trata del primer paso de una serie de iniciativas que el Consejo había propuesto y encontró receptividad en el organismo rector, y que apuntan a facilitar las actividades que desarrollan tantos de nuestros colegas. En lo sucesivo, seguramente se irán implementando otras de las medidas solicitadas y que fueron posteriormente anunciadas, como la de un pago a cuenta de las obligaciones que venzan en el curso del mes de enero -para posteriormente revisar y completar el pago definitivo al momento de presentar la declaración jurada- o como el pedido de que no se cursen requerimientos o intimaciones durante la feria fiscal.


 

 

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