A raíz de la sanción de la Ley Nº 26774, que habilita el voto a los ciudadanos argentinos mayores de 16 años, se modificó el inc. b) del artículo 10 de la Ley Nº 17671, que establece la edad prevista en que deberá realizarse la actualización de mayor del DNI.
Por este motivo, desde el lunes 12 de noviembre de 2012, el trámite de actualización de mayor debe realizarse a partir de cumplir el ciudadano los 14 años de edad, ocasión en la cual se emitirá un nuevo DNI tarjeta y el Renaper procederá a informar a la Justicia Electoral a los efectos de dar el alta correspondiente en el Padrón Electoral.
Como medida extraordinaria, hasta el 31 de octubre de 2013 (un año desde la entrada en vigencia de la mencionada Ley), la actualización de mayor la podrán realizar todos los ciudadanos de entre 14 y 17 años de edad, sin multas ni penalidades.
A partir del 1 de noviembre de 2013, los ciudadanos de 15 años o más, que no hayan realizado la actualización, abonarán la multa correspondiente.
Se mantienen lo requisitos e instrucciones vigentes para los trámites de actualización de mayor.
Para más información haga click aquí