Se elaboró en el seno del Consejo un Informe Técnico sobre la ley de exteriorización voluntaria de la tenencia de moneda extranjera en el país y en exterior (“ley de blanqueo”) y la ley de encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo (“ley de lavado de dinero”), en el cual se analizan las cuestiones que se derivan de la Ley de Blanqueo en relación con los procedimientos que los auditores y síndicos societarios deberán aplicar en materia de prevención del lavado de dinero.
A través de este informe se intenta además satisfacer un triple propósito:
a) alertar a los profesionales sobre la necesidad de considerar especialmente la evaluación de las operaciones resultantes de la aplicación de la Ley de Blanqueo en los procedimientos de auditoría y sindicatura destinados a cubrir los requisitos de la Ley de Lavado de Dinero y demás normas legales y profesionales,
b) recordar que la Resolución 420/11 de la FACPCE establece una serie de procedimientos, una vez detectada una operación inusual, tendientes a que el profesional se forme su juicio sobre si la misma es o no sospechosa y de ser encuadrada como tal ser informada a la Unidad de Información Financiera (UIF), y
c) dar respuesta a las preguntas más frecuentes que se han recibido sobre el particular.
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Ley de blanqueo