Publicado el 15/04/14

AFIP: Uso optativo de ambas versiones de aplicativos

Las versiones 14.3 y 15.0 son de uso optativo para el año 2013 para todas las personas físicas, salvo para las que hayan obtenido ganancias gravadas al 15% por la venta de acciones, cuotas u otros títulos valores en el año 2013, las cuales deben utilizar exclusivamente la versión 15.0.

 

Tema 1: Problemas con la deducción especial en la Versión 15.0

En los casos de trabajadores dependientes que hayan obtenido otras rentas en el año 2013, el impuesto anual debe ser determinado de acuerdo con la normativa aplicable (LIG, DR y D. 244/2013, 1006/2013 y 1242/2013).

En los casos de trabajadores dependientes con sueldos brutos inferiores a $ 15.000 entre enero y agosto de 2013, y que han obtenido otras rentas durante el año 2013, deben adaptar la versión 15.0 de una de las siguientes formas:

 

1) En caso que el trabajador dependiente no haya sido pasible de retención del impuesto a las ganancias durante los meses de enero a agosto de 2013 o la deducción especial a computar sea inferior a $ 72.576, podrá seleccionar en “datos descriptivos” la opción: No beneficiado con el Dto 1242/2013. Esa opción le permite tomar la deducción especial que le corresponde de acuerdo a los sueldos obtenidos en el 2013.

2) En casos que la deducción especial a computar es superior a $ 72.576, debe encuadrarse en la opción “b) REMUNERACIONES Y/O HABERES QUE NO SUPEREN LOS $ 15.000 (Dto. 1242/13 art. 2)”. Si existiere alguna diferencia de deducción especial que el aplicativo no permite ingresar, puede incorporarse en "Gastos y deducciones especialmente admitidos 4ta., que no impliquen erogaciones de fondos" (tener en cuenta los montos de deducciones computados hasta el mes de agosto para no considerarlos dos veces).

 

Se sugiere en todos los casos conservar los papeles de trabajo de los cuales surja la liquidación del impuesto a las ganancias y el cómputo de la deducción especial.

 

Tema 2: Problemas con el efectivo en la Versión 15.0

La respuesta que nos brindará la AFIP sobre esta inquietud es la siguiente:


Se verifica que después de cargar los datos de distintas monedas (por ejemplo, dólares y pesos) al salir y volver a ingresar a la misma pantalla, los datos se refrescan en los campos “Importe Total al 31/12/12” e “Importe Total al 31/12/13”. Cabe destacar que los totales no se modifican, es decir, para el cálculo se toman correctamente.
Es decir, cuando se cargan los datos de Dinero en efectivo, primero dólares y luego pesos, se observa que al estar posicionado sobre el registro que corresponde a la carga de DÓLARES, no muestra los datos ingresados en los campos “Importe Total al 31/12/2012” e “Importe Total al 31/12/2013”, pero sí en los campos del margen izquierdo se observa que se contemplaron para determinar el total del Rubro. Es decir, que a los efectos de la liquidación no afecta la falta de visualización en los campos mencionados.

Luego si cambio de registro, es decir, me posiciono en PESOS, los campos Importe Total al 31/12/2012 e Importe Total al 31/12/2013, se visualizan con los importes correspondientes.
Luego, nuevamente se consulta el registro anterior, correspondiente a DÓLARES, y se observa que los campos Importe Total al 31/12/2012 e Importe Total al 31/12/2013 se visualizan correctamente.

 

Si hubiere otras inquietudes relacionadas con el efectivo, para evaluar el problema y brindar una solución, la AFIP solicita el envío escaneado de las pantallas con el efectivo y de los papeles de trabajo impresos.

 

Tema 3: Dividendos y venta de acciones en la Versión 15.0

El ingreso del 10% sobre los dividendos puestos a disposición a partir del 23/9/2013 está a cargo de la sociedad pagadora. Si se hubieran percibido dividendos sin retención en el año 2013 y la retención correspondiera, el accionista tiene que informar el dividendo percibido en el cuadro de Justificación de las Variaciones Patrimoniales - Rubro Renta Exenta o no gravada.

Si a la sociedad no le practicaron la retención del 10% y el accionista utiliza la versión 15.0, debe informar como retención “0,01”.

El resultado por la venta de acciones de sociedades del exterior en el año 2013 debe informarse como “ganancia de fuente argentina” en la Versión 15.0, a los efectos de que el mismo quede alcanzado por la alícuota del 15%.
Se sugiere conservar los papeles de trabajo de los cuales surja la exposición de los dividendos y la liquidación del impuesto a las ganancias sobre las rentas de fuente argentina y de fuente extranjera.

 

Tema 4: Problemas con la venta de acciones en la Versión 14.3

Las personas físicas que hayan obtenido resultados gravados por la venta de acciones en el año 2013 deben utilizar exclusivamente la Versión 15.0 para informar tales resultados en la pestaña ganancia de fuente argentina -venta de acciones-.

 

Tema 5: Problemas con la importación de percepciones en la Versión 15.0

Es posible importar las percepciones por operaciones en moneda extranjera e informarlas con la imputación que corresponda. Las percepciones que el sistema informa como resolución general 3550 y que corresponden al período de la resolución general 3450 pueden editarse manualmente para encuadrarlas en la resolución general correspondiente.

La carga manual funciona correctamente con el desagregado necesario para identificar las percepciones por compra del exterior a la alícuota vigente conforme a cada normativa modificatoria.

Se sugiere conservar los papeles de trabajo de los cuales surjan las percepciones por compras en el exterior, como así también los comprobantes de las mismas cuando se carguen manualmente las percepciones que no surgen de la página web de la AFIP.

 

Tema 6: Emergencia climática en Patagonia - RG 3611
Se sugiere canalizar las inquietudes a través de la Dirección Regional de la AFIP que corresponde a los contribuyentes damnificados - RG 3611.

 

Uso optativo aplicativos

 

volver   |   inicio