Publicado el 22/04/16

Formulario CM05: vence el 30/6 para todas las jurisdicciones

Ante la continuidad de nuestros planteos y frente a las medidas recientemente adoptadas por AGIP y ARBA respondiendo a ellos favorablemente, la Comisión Arbitral dictó la Resolución Nº 2/2016 (B.O. 22/04/2016) aceptando también nuestra propuesta.

En tal sentido, la Comisión Arbitral dispuso establecer que el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada –Formulario CM05– correspondiente al período fiscal 2015 operará el 30 de junio de 2016, aplicando a partir del cuarto anticipo el coeficiente unificado y las bases imponibles jurisdiccionales determinadas, según lo establecido en los artículos 83 y 84 del anexo de la Resolución General Nº 1/2015.

Para acceder al texto completo de la Resolución Nº 2/2016 (B.O. 22/04/2016), cliqueá aquí.

 

 

CM05

 

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