Publicado el 19/05/16

Impuesto a las Ganancias y sobre BBPP

No se practicarán percepciones impositivas en los casos de retiro de moneda extranjera destinada a la adquisición de Letras del Tesoro en Dólares Estadounidenses (LETES).

 

A través de la RG 3879 (BO15/5/2016) la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que en el caso de moneda extranjera adquirida y depositada que se retire antes del plazo de 365 días y que se destine a la adquisición de LETES, cuyo vencimiento sea posterior al 6/11/2016, siempre y cuando los títulos permanezcan en el patrimonio del adquiriente hasta su vencimiento no corresponderá practicar la percepción impositiva pertinente.

 

LETES

 

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