|
|
|
|
|
|
|
Publicaciones - El Consejo Actúa |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
El Consejo escribe una
nueva historia |
|
|
EDICON. Fondo
Editorial Consejo |
El martes 10 de abril
se realizó la presentación del Fondo Editorial del Consejo (EDICON), que representa un
importante emprendimiento con nuevos desafíos de cara al futuro de esta Institución.
Con la asistencia de una gran cantidad de profesionales, el presidente del Consejo, Dr.
Humberto Á. Gussoni, realizó la presentación de EDICON. Luego tomó la palabra el
presidente de la Academia Argentina de Letras, Dr. Pedro L. Barcia.
Con la creación del Fondo Editorial del Consejo se posibilita la permanente difusión de
los textos elaborados por el Consejo y sus comisiones asesoras a fin de lograr el objetivo
propuesto: el acceso de los matriculados a las publicaciones de interés para sus
incumbencias. También se considera fundamental promover las publicaciones de nuevos
autores y la reedición de títulos de gran utilidad para la profesión de las Ciencias
Económicas.
Esta nueva propuesta se funda en la necesidad de concretar y coordinar las
producciones de interés para nuestros profesionales en todas sus formas, actuales y
futuras, y busca destacar el enorme potencial editorial que permitirá la promoción y
concreción de nuevos proyectos, expresó el Dr. Gussoni en su exposición. Y
agregó: la palabra escrita es el principal recurso para el aprendizaje y el
conocimiento.
Por otra parte, el Dr. Barcia, en un ameno y distendido discurso, felicitó al Consejo por
esta nueva iniciativa y remarcó la importancia de la riqueza lingüística que
permite el desarrollo personal.
El léxico de los profesionales en Ciencias Económicas está incorporando, con los
años, terminologías de otras actividades articuladas, remarcó ante un público
que escuchó sus palabras con gran agrado y simpatía. |
|
|
|
|
|
Nuevos Servicios
Tecnológicos |
|
|
WI-FI en el
Consejo |
En los dos edificios
del Consejo (Viamonte 1549 y 1461), nuestros matriculados podrán disponer del acceso a
Internet inalámbrico gratuito a través de la combinación de las tecnologías Wi-Fi y
WiMAX. Es un servicio equivalente al brindado en aeropuertos, hoteles, centros de
convenciones, etc.
Con la colocación de antenas en distintos puntos de los edificios, se accede a Internet
banda ancha en los siguientes sectores:
Viamonte 1549
Planta Baja
Salón Manuel Belgrano -ABC- (2do. piso)
Confitería (2do. piso)
Restaurante (4to. piso)
Biblioteca (6to. piso)
Viamonte 1461
Planta Baja de la Escuela de Educación Continuada
En cualquiera de los sectores mencionados, los profesionales podrán, activando la
conexión Wi-Fi desde una notebook o PDA, acceder a Internet a través de la red pública del
Consejo, navegar, consultar y/o descargar el correo electrónico durante su estadía en
nuestras sedes.
El Consejo brinda este servicio mediante la instalación de antenas exteriores para la
conexión Wi-MAX en sus dos edificios y de antenas hot-spots
Wi-Fi en distintos sectores internos, con equipamiento y conectividad, contratados a la
empresa Velocom. |
|
|
|
|
|
Licenciados en Sistemas
de Información de las Organizaciones - FCE (UBA) |
|
|
Entrega de
diplomas y reconocimiento al mejor promedio |
El Consejo Directivo
de nuestra Institución, en su reunión del día 19 de abril, entregó los diplomas que
acreditan la inscripción en el Registro Especial de Licenciados en Sistemas de
Información a los primeros profesionales en incorporarse al registro mencionado, creado
por la Resolución CD Nº 41/2005.
En ese acto, recibieron sus diplomas los Lics. Ernesto Chinkes, Francisco Morteo y Carlos
Torres, quienes, con su incorporación, dan respuesta a la convocatoria del Consejo a los
profesionales de esa incumbencia.
En calidad de invitado, participó el Dr. Raúl Saroka, director de la carrera de
Licenciados en Sistemas de Información de las Organizaciones, de la Facultad de Ciencias
Económicas (UBA).
Asimismo, se realizó el reconocimiento al Sr. Ariel Hernán Blusztajn, quien obtuvo el
mejor promedio de la carrera en el año 2004. Dicha distinción completa el esquema de
reconocimientos a los estudiantes con mejores promedios de las distintas carreras que se
dictan en las facultades de Ciencias Económicas de nuestra jurisdicción. El mencionado
esquema fue desarrollado en el marco de la primera edición del Congreso Metropolitano,
realizado en noviembre de 2005. |
|
|
|
|
|
Nuestro Fondo
Editorial en la Feria del Libro |
El lunes 17 de abril
se inauguró la 32° Feria del Libro -el lema de este año es "Los libros hacen
historia"- que, hasta el día 19, estuvo abierta exclusivamente para los editores,
libreros y bibliotecarios de todo el mundo.
La presencia de nuestro Consejo en la Feria, a través de EDICON Fondo Editorial Consejo,
provoca un gran interés en los numerosos visitantes, nacionales y extranjeros, que se
aproximan al stand.
La buena ubicación y el amplio espacio que ocupa EDICON son aptos para la exhibición del
material publicado por el Fondo Editorial. Cuenta, además, con 4 terminales para la
atención de las diversas consultas, un plasma gigante donde se proyecta el video
institucional del Consejo, y el stand es atendido por personal administrativo capacitado
para asesorar a los visitantes interesados en los materiales expuestos.
Invitamos a todos los profesionales a acercarse al stand 411 del pabellón azul de la
Feria, donde encontrarán un lugar ameno y cordial al servicio del profesional en Ciencias
Económicas. |
|
|
|
|
|
Concurso para Perito
Contador Oficial |
|
|
Las
aclaraciones de la Corte Suprema |
El director pericial
de la Corte Suprema de Justicia de la Nación envió una nota al Consejo en respuesta a
una nota enviada por las autoridades del Consejo en relación con el temario para la
evaluación escrita del próximo concurso para Perito Contador Oficial, Resolución N°
202/06 de la CSJN.
El temario fijado para esa evaluación consistirá, entre otros puntos, en: Organización
y funcionamiento de la Justicia Nacional; Legislación fiscal y de previsión en sus
aspectos penales; Legislación sobre lavado de dinero; Normas técnicas y contables.
En cuanto a la expresión materia jurisprudencial y normativa, el Director
Pericial respondió que deben considerarse todos aquellos temas que se vinculan con la
disposición, ejecución, evaluación e interpretación de las pericias contables en orden
a su adecuación a las características particulares que la pericia contable tiene en sede
penal.
Asimismo, recomendó que la bibliografía que han de consultar los postulantes fuera,
entre otros títulos: Código Penal de la Nación, anotado por Horacio J.
Romero Villanueva o por Elbio Dayenoff; Derecho Administrativo, de Juan Carlos
Cassagne, y las Resoluciones técnicas dictadas por la FACPCE.Dudas sobre la evaluación
Las autoridades del Consejo enviaron una nota al director general pericial de la Corte
Suprema de Justicia de la Nación en relación con la evaluación escrita que se tomará
para el concurso de Perito Contador Oficial.
En esa nota, solicitan que se aclaren algunos temas, en especial en referencia al punto B
Prueba de Oposición. En primer lugar, piden que se fije un temario sobre el
que tratará esa evaluación y que se aclare el alcance de la expresión materia
jurisprudencial y normativa, y, segundo, que se indiquen autores y bibliografía que
deberán consultar los postulantes. |
|
|
|
|
|
Impuesto a las
Ganancias y sobre los Bienes Personales |
|
|
Nuevo plazo
para la presentación de DDJJ |
Por una solicitud
efectuada por nuestro Consejo, la Administración Federal de Ingresos Públicos informó
que serán unificados los vencimientos de los plazos para las presentaciones de las
declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, e
ingreso resultante, dispuestos a partir del 17/04/2006 con los vencimientos previstos para
el mes de mayo, aplicables a las personas físicas y sucesiones indivisas que posean
participaciones en sociedades con de ejercicio comercial en diciembre de 2005.
El nuevo calendario para la presentación de declaraciones juradas de los impuestos
mencionados será el siguiente:
|
Terminación
del N° de CUIT |
Día de vencimiento |
|
0 - 1 |
15/05/2006 |
|
|
2 - 3 |
16/05/2006 |
|
|
4 - 5 |
17/05/2006 |
|
|
6 - 7 |
18/05/2006 |
|
|
8 - 9 |
19/05/2006 |
|
|
Para el ingreso del
saldo resultante se aplicará el siguiente cronograma:
|
Terminación
del N° de CUIT |
Día de vencimiento |
|
0 - 1 |
16/05/2006 |
|
|
2 - 3 |
17/05/2006 |
|
|
4 - 5 |
18/05/2006 |
|
|
6 - 7 |
19/05/2006 |
|
|
8 - 9 |
22/05/2006 |
|
|
El pedido del
Consejo
El pasado 6 de abril, las autoridades del Consejo enviaron una nota en la que solicitaron
la unificación de las fechas de vencimiento para las presentaciones de las declaraciones
juradas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para las personas
físicas y sucesiones indivisas que no posean, con las que posean, participaciones en
sociedades que cierren su ejercicio comercial en diciembre de 2005.
Este pedido del Consejo se basó en los inconvenientes que tienen los profesionales en
Ciencias Económicas debido al exceso de trabajo que padecen en esta época del año. |
|
|
|
|
|
Impuesto a las
Ganancias. Recálculo de anticipos |
|
|
Respuesta
favorable de la AFIP |
En virtud de una
solicitud formulada por las autoridades del Consejo, la Administración Federal de
Ingresos Públicos, mediante la Resolución General N° 2025, dispuso que, a efectos de
determinar los anticipos correspondientes al año fiscal 2006, las personas físicas y
sucesiones indivisas recalcularán la base para su liquidación, contemplando la
incidencia del incremento de las deducciones personales establecidas por el decreto N°
314/2006.
Para exteriorizar la base de cálculo, los sujetos mencionados anteriormente deberán
presentar, en la agencia donde se encuentren inscriptos, una multinota con el detalle de
la liquidación junto con el formulario N° 478 hasta el día de vencimiento fijado en el
cronograma vigente para el ingreso del primer anticipo.
El modelo de la multinota mencionada se detalla en el anexo de la Resolución General N°
2025.El
reclamo del Consejo
Con fecha 6 de abril, las autoridades del Consejo enviaron una nota al Administrador
Federal de Ingresos Públicos en relación con el incremento de las deducciones personales
del artículo 23 de la Ley del Impuesto las Ganancias, dispuestas por el decreto N°
314/2006, sobre el régimen de anticipos, año fiscal 2006.
En esa nota solicitaron que se dispusiera, mediante la publicación de la norma
reglamentaria pertinente, el recálculo de los anticipos correspondientes a ese año
fiscal sobre la base del cómputo de las nuevas deducciones personales dispuestas por el
decreto mencionado, que conlleva la modificación de esos valores a partir de ese período
fiscal.
El Consejo fundamentó su pedido en la necesidad de evitar el ingreso de anticipos, cuya
sumatoria total arrojará un impuesto mayor del que hubiera correspondido ingresar, ya que
los anticipos a ingresar por el período fiscal 2006 serán calculados sobre la base del
impuesto determinado correspondiente al año fiscal 2005, en el que no se contemplan los
incrementos de las citadas deducciones personales. |
|
|
|
|
|
Prórroga de la
inscripción en el Registro Nacional de Datos |
|
|
Importante
intervención del Consejo |
La inscripción en el
Registro Nacional de Datos se prorrogó hasta el 30 de abril, gracias a un pedido
realizado por el Consejo, que envió una nota al Director Nacional de Protección de Datos
Personales, en la que solicitó una prórroga para el vencimiento estipulado para el 31 de
marzo.
La solicitud de nuestra Institución se basó en la recarga de trabajo que sufren en esta
época del año los matriculados como consecuencia de los vencimientos previstos por la
Administración Federal de Ingresos Públicos.
Como las autoridades del Consejo reconocen la importancia que tiene esa tarea de
inscripción de base de datos y/o asesoramiento, sugirieron esa prórroga para darle a
este tema la relevancia que merece. |
|
|
|
|
|
Ley de promoción del
software. Nuevo modelo de certificación |
|
|
Se incrementa
la actividad profesional |
Las empresas que
realicen actividades relacionadas con la producción de software y
servicios informáticos pueden acceder a importantes beneficios fiscales y, para ello,
deberán inscribirse en un registro, controlado por la Secretaría de Industria, Comercio
y de la Pequeña y Mediana Empresa (SICyPyME).
Para realizar la mencionada inscripción, entre otros requisitos, estas empresas deberán
presentar una certificación cuyo texto ha sido consensuado con la SEPyME. Recientemente,
la SICyPyME ha introducido cambios en los anexos a presentar y, consecuentemente, se
adaptó el modelo de certificación en el que se reporta la información requerida por el
organismo.
Los beneficios a los que podrán acceder esas em-presas alcanzan hasta el 70% de las
contribuciones patronales y tendrán una desgravación del 60% del Impuesto a las
Ganancias, lo que les permitirá gozar de estabilidad fiscal y no ver incrementada su
carga tributaria total desde el momento en que se incorporen al Régimen.
Las normas involucradas en este Régimen son: la ley N° 25.922, el decreto N° 1594/2004
y la resolución SICyPyME N° 61/2005, las que se podrán consultar en la Base de
Legislación de Trivia.
El modelo de certificación que se tendrá que presentar en la inscripción del registro
mencionado se podrá obtener, haciendo click aquí. Quienes deseen una copia de
dicha certificación pueden solicitarla, personalmente, en el Sector de Legalizaciones,
ubicado en la planta baja de Viamonte 1549, en el horario de 9 a 18:30. |
|
|
|
|
|
RG 327. Reducción del
primer anticipo |
|
|
Insistimos en
retomar el régimen anterior |
El pasado 6 de abril,
el Consejo envió una nota, en la que reiteró el pedido de modificación del actual
régimen de anticipos del Impuesto a las Ganancias, aplicable a los sujetos empresa, en el
que se retoma el sistema de 11 anticipos iguales, establecido originalmente por la
Resolución General N° 327.
Dado que el régimen vigente cuenta con 10 anticipos y el primero de ellos equivale al 25%
de la base de cálculo de dichos anticipos, el Consejo sustenta su pedido en el
ahogo financiero al que se enfrentan las empresas con el régimen actual,
debido al vencimiento del ingreso del saldo del Impuesto en un mes y al ingreso del 25% de
este tributo, en concepto de primer anticipo, en el mes siguiente.
Asimismo, en esa nota nuestra Institución le recordó al Administrador Federal que, en el
momento de producirse la modificación del régimen de anticipos, la situación del fisco
era sumamente deficitaria, pero que, afortunadamente, en el presente es muy distinta y
también lo es su proyección hacia el futuro.
Por todo lo expuesto anteriormente, el Consejo considera que resultaría conveniente
volver al sistema anterior: el de los 11 anticipos iguales, que permitirá normalizar y
mejorar la situación financiera de las empresas sin comprometer la recaudación por este
gravamen.El
incansable pedido
Durante el año 2005, las autoridades del Consejo enviaron 2 notas, en las que se
solicitó a la Administración Federal de Ingresos Públicos que se retomara el sistema de
11 anticipos iguales, establecido por la Resolución General N° 327.
En ambas notas, el Consejo hace referencia al perjuicio que implica este régimen para las
pequeñas y medianas empresas, las que aún encuentran severas limitaciones para acceder a
líneas de financiación. |
|
|
|
|
|
Curso de Normas
Contables y de Auditoría Nacionales e Internacionales |
|
|
Se superaron
las expectativas |
Se superaron las
vacantes de este curso de especialización, dictado en la Escuela de Educación Continuada
del Consejo (EEC), que cuenta con la participación de destacados especialistas y tiene
una duración de 200 horas.
La cantidad de interesados en esta temática obligó a la EEC a ampliar el cupo de
inscripciones, lo que refleja el interés de los profesionales por conocer la normativa
nacional y su relación con la de carácter internacional, evaluar críticamente ambos
cuerpos normativos y aplicar los conocimientos adquiridos a la resolución de casos
reales. Teniendo en cuenta, además, la decisión de la FACPCE, de poner en vigencia a
partir del año 2007 las normas internacionales de auditoría. |
|
|
|
|
|
Actuación profesional
en el ámbito judicial |
|
|
Lo Bueno |
En los autos
caratulados C-3 QUÍMICA S.A. s/ inc. rev. por Fiscalía de la Pcia. de Buenos
Aires, la sentencia de Primera Instancia es apelada y los actuados son elevados a la
Sala A de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, cuya resolución fue:
Buenos Aires, 20 de octubre de 2005
Y vistos:
1. Apeló la incidentista la providencia de fs. 592 que la intimó a abonar a la perito
contadora designada en los presentes, el 50% de los honorarios que se encuentran a cargo
de la concursada.
Fundó su recurso a fs. 595/6, afirmando que ya abonó la porción de los honorarios que
le correspondían, y que quien solicitó la pericia fue la contraria.
2. En primer lugar, encontrándose firme la imposición de costas en el orden causado, sin
que se hubiese hecho distingo alguno respecto de quién debía cargar con los honorarios
de la experta contable, los argumentos enderezados en orden a eximirse del pago en
función a lo normado por el artículo 478 resultan tardíos.
En efecto, debió la recurrente haber manifestado su desinterés en la prueba en la
oportunidad procesal pertinente, y/o haber apelado la forma de distribución de las
costas, lo que no aconteció en la especie.
Asimismo, el hecho de haber abonado ya el 50% de los emolumentos de la perito, importó
consentimiento con la forma en la que se distribuyeron las costas, por lo que admitir el
planteo importaría una violación a la doctrina de los propios actos.
3. En segundo lugar y específicamente en lo que respecta a la intimación en crisis, se
adelanta que la misma es ajustada a derecho.
En efecto, si bien la ley 24.432 morigeró el derecho persecutorio para percibir los
honorarios de la parte no condenada en costas, conforme lo normado por el artículo 77 del
CProc. en su actual redacción el perito tiene derecho a perseguir a la
incidentista por el 50% de los honorarios que se encuentran a cargo de la concursada.
Así se ha sostenido que si bien los honorarios del perito actuante en la causa son a
cargo, en porciones iguales, del incidentista y de la concursada, nada obsta, a la luz de
las directivas del artículo 77, CProc., que el experto pueda reclamar al primero la mitad
del honorario a cargo de la segunda, es decir del 25% de su estipendio regulado CNCom. -
Sala C - Trepat Automotores SA s/conc. prev. s/inc. revisión por Banco Roberts
SA - 21/2/2003).
Ello claro está, sin perjuicio de la eventual repetición que de dicho monto formule
contra la cesante.
4. Finalmente se señala que resulta prematuro emitir cualquier opinión respecto al
planteo que se formula en cuanto a la inembargabilidad de ciertas cuentas, en tanto no ha
sido siquiera planteado ante el a quo el pedido de traba de medidas cautelares.
5. Por los fundamentos precedentes,
Se resuelve:
1. Confirmar el decisorio apelado. 2. Costas de Alzada a la vencida (artículo 69,
CProc.). Devuélvase a primera instancia encomendándose al señor juez a quo disponga la
notificación de la presente resolución.
Fdo.: Isabel Míguez - Gerardo G. Vassallo - Juan J. Dieuzeide |
|
|
|
|
|
Actuación profesional
en el ámbito judicial. De interés para síndicos |
|
|
Reformas de la
Ley Concursal |
Tal como se anticipó
en El Consejo Actúa del mes de febrero, el 22 de marzo se sancionó la
modificación de la Ley Concursal N° 24.522, publicada en el Boletín Oficial el 10 de
abril pasado con el N° 26.086.
Los artículos que han sido modificados son: Artículo
14, inciso 11); se incorporó el
inciso 12); Artículo 16, referido a los actos prohibidos; Artículo 21, sobre los juicios contra el concursado; Artículo 56,
sobre los efectos del acuerdo homologado; Artículo
72, referido a los requisitos para la
homologación; Artículo 132, referido al fuero de atracción; Artículo 133, sobre fallido codemandado. Asimismo se incluyó una cláusula
transitoria.
Para ver el texto completo de la Ley Concursal N° 26.086, haga click
aquí. |
|
|
|
En la nota En
defensa de las incumbencias profesionales, publicada en El Consejo Actúa del mes pasado, donde dice: La
Comisión de Actuación Profesional en Entidades Aseguradoras, AFJP y ART, con fecha 14 de
marzo, presentó, ante el Superintendente... corresponde decir: Las
autoridades del Consejo, por iniciativa de la Comisión de Actuación Profesional en
Entidades Aseguradoras, AFJP y ART, presentaron, el 14 de marzo, ante el
Superintendente.... |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|