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Publicaciones - El Consejo Actúa

ECA - Abril 2006
El Consejo escribe una nueva historia
EDICON. Fondo Editorial Consejo
El martes 10 de abril se realizó la presentación del Fondo Editorial del Consejo (EDICON), que representa un importante emprendimiento con nuevos desafíos de cara al futuro de esta Institución.

Con la asistencia de una gran cantidad de profesionales, el presidente del Consejo, Dr. Humberto Á. Gussoni, realizó la presentación de EDICON. Luego tomó la palabra el presidente de la Academia Argentina de Letras, Dr. Pedro L. Barcia.

Con la creación del Fondo Editorial del Consejo se posibilita la permanente difusión de los textos elaborados por el Consejo y sus comisiones asesoras a fin de lograr el objetivo propuesto: el acceso de los matriculados a las publicaciones de interés para sus incumbencias. También se considera fundamental promover las publicaciones de nuevos autores y la reedición de títulos de gran utilidad para la profesión de las Ciencias Económicas.

“Esta nueva propuesta se funda en la necesidad de concretar y coordinar las producciones de interés para nuestros profesionales en todas sus formas, actuales y futuras, y busca destacar el enorme potencial editorial que permitirá la promoción y concreción de nuevos proyectos”, expresó el Dr. Gussoni en su exposición. Y agregó: “la palabra escrita es el principal recurso para el aprendizaje y el conocimiento”.

Por otra parte, el Dr. Barcia, en un ameno y distendido discurso, felicitó al Consejo por esta nueva iniciativa y remarcó la importancia de la riqueza lingüística que “permite el desarrollo personal”.

“El léxico de los profesionales en Ciencias Económicas está incorporando, con los años, terminologías de otras actividades articuladas”, remarcó ante un público que escuchó sus palabras con gran agrado y simpatía.
Nuevos Servicios Tecnológicos
WI-FI en el Consejo
En los dos edificios del Consejo (Viamonte 1549 y 1461), nuestros matriculados podrán disponer del acceso a Internet inalámbrico gratuito a través de la combinación de las tecnologías Wi-Fi y WiMAX. Es un servicio equivalente al brindado en aeropuertos, hoteles, centros de convenciones, etc.

Con la colocación de antenas en distintos puntos de los edificios, se accede a Internet banda ancha en los siguientes sectores:

Viamonte 1549
Planta Baja
Salón Manuel Belgrano -ABC- (2do. piso)
Confitería (2do. piso)
Restaurante (4to. piso)
Biblioteca (6to. piso)


Viamonte 1461
Planta Baja de la Escuela de Educación Continuada

En cualquiera de los sectores mencionados, los profesionales podrán, activando la conexión Wi-Fi desde una
notebook o PDA, acceder a Internet a través de la red pública del Consejo, navegar, consultar y/o descargar el correo electrónico durante su estadía en nuestras sedes.

El Consejo brinda este servicio mediante la instalación de antenas exteriores para la conexión Wi-MAX en sus dos edificios y de antenas
hot-spots Wi-Fi en distintos sectores internos, con equipamiento y conectividad, contratados a la empresa Velocom.
Licenciados en Sistemas de Información de las Organizaciones - FCE (UBA)
Entrega de diplomas y reconocimiento al mejor promedio
El Consejo Directivo de nuestra Institución, en su reunión del día 19 de abril, entregó los diplomas que acreditan la inscripción en el Registro Especial de Licenciados en Sistemas de Información a los primeros profesionales en incorporarse al registro mencionado, creado por la Resolución CD Nº 41/2005.

En ese acto, recibieron sus diplomas los Lics. Ernesto Chinkes, Francisco Morteo y Carlos Torres, quienes, con su incorporación, dan respuesta a la convocatoria del Consejo a los profesionales de esa incumbencia.

En calidad de invitado, participó el Dr. Raúl Saroka, director de la carrera de Licenciados en Sistemas de Información de las Organizaciones, de la Facultad de Ciencias Económicas (UBA).

Asimismo, se realizó el reconocimiento al Sr. Ariel Hernán Blusztajn, quien obtuvo el mejor promedio de la carrera en el año 2004. Dicha distinción completa el esquema de reconocimientos a los estudiantes con mejores promedios de las distintas carreras que se dictan en las facultades de Ciencias Económicas de nuestra jurisdicción. El mencionado esquema fue desarrollado en el marco de la primera edición del Congreso Metropolitano, realizado en noviembre de 2005.
Nuestro Fondo Editorial en la Feria del Libro
El lunes 17 de abril se inauguró la 32° Feria del Libro -el lema de este año es "Los libros hacen historia"- que, hasta el día 19, estuvo abierta exclusivamente para los editores, libreros y bibliotecarios de todo el mundo.

La presencia de nuestro Consejo en la Feria, a través de EDICON Fondo Editorial Consejo, provoca un gran interés en los numerosos visitantes, nacionales y extranjeros, que se aproximan al stand.

La buena ubicación y el amplio espacio que ocupa EDICON son aptos para la exhibición del material publicado por el Fondo Editorial. Cuenta, además, con 4 terminales para la atención de las diversas consultas, un plasma gigante donde se proyecta el video institucional del Consejo, y el stand es atendido por personal administrativo capacitado para asesorar a los visitantes interesados en los materiales expuestos.

Invitamos a todos los profesionales a acercarse al stand 411 del pabellón azul de la Feria, donde encontrarán un lugar ameno y cordial al servicio del profesional en Ciencias Económicas.
Concurso para Perito Contador Oficial
Las aclaraciones de la Corte Suprema
El director pericial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación envió una nota al Consejo en respuesta a una nota enviada por las autoridades del Consejo en relación con el temario para la evaluación escrita del próximo concurso para Perito Contador Oficial, Resolución N° 202/06 de la CSJN.

El temario fijado para esa evaluación consistirá, entre otros puntos, en: Organización y funcionamiento de la Justicia Nacional; Legislación fiscal y de previsión en sus aspectos penales; Legislación sobre lavado de dinero; Normas técnicas y contables.

En cuanto a la expresión “materia jurisprudencial y normativa”, el Director Pericial respondió que deben considerarse todos aquellos temas que se vinculan con la disposición, ejecución, evaluación e interpretación de las pericias contables en orden a su adecuación a las características particulares que la pericia contable tiene en sede penal.

Asimismo, recomendó que la bibliografía que han de consultar los postulantes fuera, entre otros títulos: “Código Penal de la Nación”, anotado por Horacio J. Romero Villanueva o por Elbio Dayenoff; “Derecho Administrativo”, de Juan Carlos Cassagne, y las Resoluciones técnicas dictadas por la FACPCE.

Dudas sobre la evaluación

Las autoridades del Consejo enviaron una nota al director general pericial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en relación con la evaluación escrita que se tomará para el concurso de Perito Contador Oficial.

En esa nota, solicitan que se aclaren algunos temas, en especial en referencia al punto B “Prueba de Oposición”. En primer lugar, piden que se fije un temario sobre el que tratará esa evaluación y que se aclare el alcance de la expresión “materia jurisprudencial y normativa”, y, segundo, que se indiquen autores y bibliografía que deberán consultar los postulantes.

Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales
Nuevo plazo para la presentación de DDJJ
Por una solicitud efectuada por nuestro Consejo, la Administración Federal de Ingresos Públicos informó que serán unificados los vencimientos de los plazos para las presentaciones de las declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, e ingreso resultante, dispuestos a partir del 17/04/2006 con los vencimientos previstos para el mes de mayo, aplicables a las personas físicas y sucesiones indivisas que posean participaciones en sociedades con de ejercicio comercial en diciembre de 2005.

El nuevo calendario para la presentación de declaraciones juradas de los impuestos mencionados será el siguiente:

Terminación del N° de CUIT

          Día de vencimiento

0 - 1

15/05/2006

2 - 3

16/05/2006

4 - 5

17/05/2006

6 - 7

18/05/2006

8 - 9

19/05/2006

Para el ingreso del saldo resultante se aplicará el siguiente cronograma:

Terminación del N° de CUIT

          Día de vencimiento

0 - 1

16/05/2006

2 - 3

17/05/2006

4 - 5

18/05/2006

6 - 7

19/05/2006

8 - 9

22/05/2006

El pedido del Consejo

El pasado 6 de abril, las autoridades del Consejo enviaron una nota en la que solicitaron la unificación de las fechas de vencimiento para las presentaciones de las declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para las personas físicas y sucesiones indivisas que no posean, con las que posean, participaciones en sociedades que cierren su ejercicio comercial en diciembre de 2005.

Este pedido del Consejo se basó en los inconvenientes que tienen los profesionales en Ciencias Económicas debido al exceso de trabajo que padecen en esta época del año.

Impuesto a las Ganancias. Recálculo de anticipos
Respuesta favorable de la AFIP
En virtud de una solicitud formulada por las autoridades del Consejo, la Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante la Resolución General N° 2025, dispuso que, a efectos de determinar los anticipos correspondientes al año fiscal 2006, las personas físicas y sucesiones indivisas recalcularán la base para su liquidación, contemplando la incidencia del incremento de las deducciones personales establecidas por el decreto N° 314/2006.

Para exteriorizar la base de cálculo, los sujetos mencionados anteriormente deberán presentar, en la agencia donde se encuentren inscriptos, una multinota con el detalle de la liquidación junto con el formulario N° 478 hasta el día de vencimiento fijado en el cronograma vigente para el ingreso del primer anticipo.

El modelo de la multinota mencionada se detalla en el anexo de la Resolución General N° 2025.

El reclamo del Consejo

Con fecha 6 de abril, las autoridades del Consejo enviaron una nota al Administrador Federal de Ingresos Públicos en relación con el incremento de las deducciones personales del artículo 23 de la Ley del Impuesto las Ganancias, dispuestas por el decreto N° 314/2006, sobre el régimen de anticipos, año fiscal 2006.

En esa nota solicitaron que se dispusiera, mediante la publicación de la norma reglamentaria pertinente, el recálculo de los anticipos correspondientes a ese año fiscal sobre la base del cómputo de las nuevas deducciones personales dispuestas por el decreto mencionado, que conlleva la modificación de esos valores a partir de ese período fiscal.

El Consejo fundamentó su pedido en la necesidad de evitar el ingreso de anticipos, cuya sumatoria total arrojará un impuesto mayor del que hubiera correspondido ingresar, ya que los anticipos a ingresar por el período fiscal 2006 serán calculados sobre la base del impuesto determinado correspondiente al año fiscal 2005, en el que no se contemplan los incrementos de las citadas deducciones personales.

Prórroga de la inscripción en el Registro Nacional de Datos
Importante intervención del Consejo
La inscripción en el Registro Nacional de Datos se prorrogó hasta el 30 de abril, gracias a un pedido realizado por el Consejo, que envió una nota al Director Nacional de Protección de Datos Personales, en la que solicitó una prórroga para el vencimiento estipulado para el 31 de marzo.

La solicitud de nuestra Institución se basó en la recarga de trabajo que sufren en esta época del año los matriculados como consecuencia de los vencimientos previstos por la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Como las autoridades del Consejo reconocen la importancia que tiene esa tarea de inscripción de base de datos y/o asesoramiento, sugirieron esa prórroga para darle a este tema la relevancia que merece.
Ley de promoción del software. Nuevo modelo de certificación
Se incrementa la actividad profesional
Las empresas que realicen actividades relacionadas con la producción de software y servicios informáticos pueden acceder a importantes beneficios fiscales y, para ello, deberán inscribirse en un registro, controlado por la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa (SICyPyME).

Para realizar la mencionada inscripción, entre otros requisitos, estas empresas deberán presentar una certificación cuyo texto ha sido consensuado con la SEPyME. Recientemente, la SICyPyME ha introducido cambios en los anexos a presentar y, consecuentemente, se adaptó el modelo de certificación en el que se reporta la información requerida por el organismo.

Los beneficios a los que podrán acceder esas em-presas alcanzan hasta el 70% de las contribuciones patronales y tendrán una desgravación del 60% del Impuesto a las Ganancias, lo que les permitirá gozar de estabilidad fiscal y no ver incrementada su carga tributaria total desde el momento en que se incorporen al Régimen.

Las normas involucradas en este Régimen son: la ley N° 25.922, el decreto N° 1594/2004 y la resolución SICyPyME N° 61/2005, las que se podrán consultar en la Base de Legislación de Trivia.

El modelo de certificación que se tendrá que presentar en la inscripción del registro mencionado se podrá obtener, haciendo click aquí. Quienes deseen una copia de dicha certificación pueden solicitarla, personalmente, en el Sector de Legalizaciones, ubicado en la planta baja de Viamonte 1549, en el horario de 9 a 18:30.
RG 327. Reducción del primer anticipo
Insistimos en retomar el régimen anterior
El pasado 6 de abril, el Consejo envió una nota, en la que reiteró el pedido de modificación del actual régimen de anticipos del Impuesto a las Ganancias, aplicable a los sujetos empresa, en el que se retoma el sistema de 11 anticipos iguales, establecido originalmente por la Resolución General N° 327.

Dado que el régimen vigente cuenta con 10 anticipos y el primero de ellos equivale al 25% de la base de cálculo de dichos anticipos, el Consejo sustenta su pedido en el “ahogo financiero” al que se enfrentan las empresas con el régimen actual, debido al vencimiento del ingreso del saldo del Impuesto en un mes y al ingreso del 25% de este tributo, en concepto de primer anticipo, en el mes siguiente.

Asimismo, en esa nota nuestra Institución le recordó al Administrador Federal que, en el momento de producirse la modificación del régimen de anticipos, la situación del fisco era sumamente deficitaria, pero que, afortunadamente, en el presente es muy distinta y también lo es su proyección hacia el futuro.

Por todo lo expuesto anteriormente, el Consejo considera que resultaría conveniente volver al sistema anterior: el de los 11 anticipos iguales, que permitirá normalizar y mejorar la situación financiera de las empresas sin comprometer la recaudación por este gravamen.

El incansable pedido

Durante el año 2005, las autoridades del Consejo enviaron 2 notas, en las que se solicitó a la Administración Federal de Ingresos Públicos que se retomara el sistema de 11 anticipos iguales, establecido por la Resolución General N° 327.

En ambas notas, el Consejo hace referencia al perjuicio que implica este régimen para las pequeñas y medianas empresas, las que aún encuentran severas limitaciones para acceder a líneas de financiación.

Curso de Normas Contables y de Auditoría Nacionales e Internacionales
Se superaron las expectativas
Se superaron las vacantes de este curso de especialización, dictado en la Escuela de Educación Continuada del Consejo (EEC), que cuenta con la participación de destacados especialistas y tiene una duración de 200 horas.

La cantidad de interesados en esta temática obligó a la EEC a ampliar el cupo de inscripciones, lo que refleja el interés de los profesionales por conocer la normativa nacional y su relación con la de carácter internacional, evaluar críticamente ambos cuerpos normativos y aplicar los conocimientos adquiridos a la resolución de casos reales. Teniendo en cuenta, además, la decisión de la FACPCE, de poner en vigencia a partir del año 2007 las normas internacionales de auditoría.
Actuación profesional en el ámbito judicial
Lo Bueno
En los autos caratulados “C-3 QUÍMICA S.A. s/ inc. rev. por Fiscalía de la Pcia. de Buenos Aires”, la sentencia de Primera Instancia es apelada y los actuados son elevados a la Sala A de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, cuya resolución fue:

“Buenos Aires, 20 de octubre de 2005

Y vistos:
1. Apeló la incidentista la providencia de fs. 592 que la intimó a abonar a la perito contadora designada en los presentes, el 50% de los honorarios que se encuentran a cargo de la concursada.
Fundó su recurso a fs. 595/6, afirmando que ya abonó la porción de los honorarios que le correspondían, y que quien solicitó la pericia fue la contraria.
2. En primer lugar, encontrándose firme la imposición de costas en el orden causado, sin que se hubiese hecho distingo alguno respecto de quién debía cargar con los honorarios de la experta contable, los argumentos enderezados en orden a eximirse del pago en función a lo normado por el artículo 478 resultan tardíos.
En efecto, debió la recurrente haber manifestado su desinterés en la prueba en la oportunidad procesal pertinente, y/o haber apelado la forma de distribución de las costas, lo que no aconteció en la especie.
Asimismo, el hecho de haber abonado ya el 50% de los emolumentos de la perito, importó consentimiento con la forma en la que se distribuyeron las costas, por lo que admitir el planteo importaría una violación a la doctrina de los propios actos.
3. En segundo lugar y específicamente en lo que respecta a la intimación en crisis, se adelanta que la misma es ajustada a derecho.
En efecto, si bien la ley 24.432 morigeró el derecho persecutorio para percibir los honorarios de la parte no condenada en costas, conforme lo normado por el artículo 77 del CProc. –en su actual redacción– el perito tiene derecho a perseguir a la incidentista por el 50% de los honorarios que se encuentran a cargo de la concursada.
Así se ha sostenido que si bien los honorarios del perito actuante en la causa son a cargo, en porciones iguales, del incidentista y de la concursada, nada obsta, a la luz de las directivas del artículo 77, CProc., que el experto pueda reclamar al primero la mitad del honorario a cargo de la segunda, es decir del 25% de su estipendio regulado CNCom. - Sala C - “Trepat Automotores SA s/conc. prev. s/inc. revisión por Banco Roberts SA” - 21/2/2003).
Ello claro está, sin perjuicio de la eventual repetición que de dicho monto formule contra la cesante.
4. Finalmente se señala que resulta prematuro emitir cualquier opinión respecto al planteo que se formula en cuanto a la inembargabilidad de ciertas cuentas, en tanto no ha sido siquiera planteado ante el a quo el pedido de traba de medidas cautelares.
5. Por los fundamentos precedentes,

Se resuelve:
1. Confirmar el decisorio apelado. 2. Costas de Alzada a la vencida (artículo 69, CProc.). Devuélvase a primera instancia encomendándose al señor juez a quo disponga la notificación de la presente resolución.
Fdo.: Isabel Míguez - Gerardo G. Vassallo - Juan J. Dieuzeide”
Actuación profesional en el ámbito judicial. De interés para síndicos
Reformas de la Ley Concursal
Tal como se anticipó en El Consejo Actúa del mes de febrero, el 22 de marzo se sancionó la modificación de la Ley Concursal N° 24.522, publicada en el Boletín Oficial el 10 de abril pasado con el N° 26.086.

Los artículos que han sido modificados son:
Artículo 14, inciso 11); se incorporó el inciso 12); Artículo 16, referido a los actos prohibidos; Artículo 21, sobre los juicios contra el concursado; Artículo 56, sobre los efectos del acuerdo homologado; Artículo 72, referido a los requisitos para la homologación; Artículo 132, referido al fuero de atracción; Artículo 133, sobre fallido codemandado. Asimismo se incluyó una cláusula transitoria.

Para ver el texto completo de la Ley Concursal N° 26.086, haga click aquí.
Aclaración
En la nota “En defensa de las incumbencias profesionales”, publicada en El Consejo Actúa del mes pasado, donde dice: “La Comisión de Actuación Profesional en Entidades Aseguradoras, AFJP y ART, con fecha 14 de marzo, presentó, ante el Superintendente...” corresponde decir: “Las autoridades del Consejo, por iniciativa de la Comisión de Actuación Profesional en Entidades Aseguradoras, AFJP y ART, presentaron, el 14 de marzo, ante el Superintendente...”.

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