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Publicaciones - El Consejo Actúa |
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AFIP lanzó moratoria |
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Escuchan
reclamo del Consejo |
Luego de reiterados
pedidos por parte de nuestra Institución, de la FACPCE y los Consejos asociados, así
como también de gran cantidad de organizaciones empresariales, el Gobierno Nacional
lanzó un nuevo plan de facilidades de pago de deudas impositivas, previsionales y
aduaneras, que incluye todas las obligaciones vencidas entre el 1 de enero de 2008 y el 31
de octubre de este año, con la posibilidad de cancelarlo hasta en 24 cuotas.
El ministro de Economía, Lic. Amado Boudou, y el Administrador Federal de Ingresos
Públicos (AFIP), Dr. Ricardo Echegaray, fueron los encargados de dar a conocer una medida
que condice con la solicitud que nuestra Institución efectuó ante la AFIP, donde se pide
la pronta reglamentación de un plan especial que contemple la regularización de las
obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social devengados al
31/12/2008.
El motivo se fundamenta en que, mediante el Título I de la Ley 26.476, los contribuyentes
y/o responsables podrían regularizar obligaciones vencidas hasta el 31 de diciembre de
2007, considerándose a tales fines las correspondientes a los períodos fiscales vencidos
a dicha fecha.
Conforme lo dispuso la Resolución General (AFIP) 2727, el plan de facilidades comprende
deudas fiscales, previsionales y aduaneras, que podrán ser regularizadas en hasta 22, 23
o 24 cuotas según la fecha de acogimiento al plan, con una tasa de interés anual del 9,6
%.
Tanto Boudou como Echegaray coincidieron en que la puesta en marcha de esta medida por el
Ejecutivo apunta a que los empresarios obtengan facilidades de pago que les van a
permitir superar los efectos de la crisis de 2008 y 2009, y mirar con esperanza a un gran
2010.
En igual sentido, Echegaray destacó que este mecanismo constituye una medida fiscal
anticíclica con el fin de que todos los contribuyentes puedan ponerse en
condiciones frente al fisco. |
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Convenio con la
UNLZ Nueva carrera |
A partir de abril de
2010 se dará inicio en el Instituto de Ciencias Económicas (ICE) de nuestro Consejo una
nueva Carrera de Especialización en Procedimiento Tributario, Previsional y Penal
Tributario.
La misma se organiza en forma conjunta con la Facultad de Derecho de la Universidad
Nacional de Lomas de Zamora. Prevé una duración de 12 meses (tres cuatrimestres), y
otorga el título de Especialista en Procedimiento Tributario, Previsional y Penal
Tributario.
Los martes 2 de marzo y 16 de marzo próximos a las 19 hs. tendrá lugar en la sede del
ICE, Viamonte 1461 piso 4º, sendas charlas informativas.
Para mayor información, haga click aquí. |
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Nueva
credencial profesional |
En su permanente
esfuerzo por modernizar los servicios y procesos, adecuándolos a las necesidades de los
tiempos actuales, las autoridades del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires están lanzando una nueva credencial para todos los
matriculados.
Se trata de una tarjeta plástica con banda magnética, y diversas medidas de seguridad de
última generación, en la que figurará la foto del matriculado y los datos del mismo.
El reemplazo de la credencial anterior por esta nueva tarjeta ya comenzó y se realiza en
la Sala 1 del 1° Piso del eficio de Viamonte 1549. Es totalmente gratuito y será llevado
a cabo en forma secuencial durante el transcurso del año 2010 para evitar demoras y
lograr un proceso ágil y rápido. |
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Subsidio por edad
avanzada |
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Aumento de tope |
La Mesa Directiva de
nuestro Consejo decidió, por medio de la Resolución MD Nº 33/2009, aumentar el tope del
Subsidio por Edad Avanzada, elevándolo a partir del 1º de enero de 2010 a la suma de $
1.600.-
Para mayor información, haga click aquí. |
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Monotributo.
Destacado accionar del Consejo |
A raíz de la
instauración del nuevo Régimen Simplificado dispuesto por la Ley Nº 26.565 y sus normas
reglamentarias Decreto Nº 01/2010 y Resolución General AFIP Nº 2746,
circunstancia que impulsó numerosas consultas de nuestros profesionales matriculados, el
Consejo ha desarrollado desde diciembre y hasta febrero una destacada labor,
consistente en:
Realización de dos conferencias sobre el nuevo Régimen Simplificado
(14/12 y 14/01), en las cuales participó el Administrador Federal de Ingresos Públicos,
Dr. Ricardo Echegaray, junto a destacados funcionarios de dicho organismo.
Las citadas reuniones contaron con la presencia de más de dos mil matriculados en cada
una de ellas.
En particular, se resalta el reconocimiento que el Dr. Echegaray realizó a nuestra
entidad en torno a la colaboración prestada en el año 2009 para implementar el nuevo
régimen y su difusión a la matrícula.
Solicitud a la AFIP, mediante nota y por intermedio de la Federación
Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, de mayor plazo para realizar
la recategorización correspondiente al 3º cuatrimestre del 2009 y el pago de las
cotizaciones de enero de 2010.
Lo reclamado ha sido aceptado por el Fisco Nacional, extendiendo hasta el 29 de enero,
inclusive, el plazo disponible para dar cumplimiento a tales obligaciones.
Lograr la posibilidad en función de las gestiones realizadas con
los funcionarios públicos en las conferencias antes citadas de que aquellos
contribuyentes que hubieran quedado excluidos en el año 2009 puedan recategorizarse en
una escala superior a los $ 72.000 o $ 144.000, según corresponda. Lo peticionado ha sido
receptado y aceptado por la autoridad fiscal.
De acuerdo con lo descripto en el punto anterior, dado que para tales
sujetos subsisten las obligaciones de regularizar IVA, Ganancias y Autónomos por los
períodos en los que hubieran quedado excluidos, el Consejo solicitó al Organismo
Recaudador, mediante nota, la implementación en el corto plazo de un plan de facilidades
de pago que permita su regularización.
Publicación en su página Web de dos cuadros comparativos referidos a la
Ley 26.565 y Decreto Nº 01.2010, y su análisis respecto de sus normas antecesoras. |
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Consejo
Económico y Social de la Ciudad |
En el pasado
mes de diciembre, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó la Ley
de Creación del Consejo Económico y Social de la Ciudad.
La Legislatura Porteña sancionó la Ley
3317 de Creación del Consejo Económico y Social (CES-CABA). El Dr. Roberto Destéfano, diputado de la Ciudad (PRO) y
presidente de la Comisión de Estudios Multidisciplinarios de la CABA de nuestro Consejo,
actuó como miembro informante del cuerpo.
El CES quedará integrado por 26 representantes y dará participación a casi todo el
espectro institucional, económico y social de la Ciudad.
Las asociaciones sindicales tendrán 6 miembros: 1 la CGT, 1 la CTA, y los otros 4
corresponderán a los gremios de mayor representatividad en la Ciudad. Las organizaciones
empresariales tendrán otros 6 miembros, que se repartirán entre industria (2), comercio
(2) y servicios (2). Por otra parte, la UBA poseerá 2 representantes; las universidades
privadas tendrán otros 2; los consejos, colegios y entidades de profesionales designarán
3 integrantes; habrá además 2 representantes de organizaciones de defensa del
consumidor, 2 de economía social (1 de cooperativas y 1 de mutuales) y 3 de
organizaciones de promoción social representadas por la Pastoral Social (1), la AMIA (1)
y el Centro Islámico de la República Argentina (1).
Habiendo llegado a un acuerdo sobre los aspectos más profundos como la necesidad de
su creación, funciones, objetivos, atribuciones, su naturaleza de derecho público no
estatal y, sobre todo, la conformación del CES como órgano colegiado de participación
ciudadana, los diputados cumplieron con la aprobación de esta herramienta de
discusión de políticas públicas. |
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Nuestro adiós
a un grande de la economía: Paul Samuelson |
El domingo 13 de
diciembre de 2009 falleció Paul Samuelson, virtualmente el segundo economista del siglo
XX (luego de John Maynard Keynes). Fue el primer estadounidense en obtener el premio Nobel
de Economía y se destacó, entre otras cualidades, por ser pionero en criticar a la
Escuela de Chicago cuando ella se encontraba en auge y realmente era impensada tal
posibilidad.
Samuelson, vinculado desde 1940 al Instituto Tecnológico de Massachusetts (MIT), fue
considerado uno de los padres de la economía moderna y ha influido con sus análisis,
teorías y libros en generaciones de estudiantes y economistas.
Paul Samuelson transformó todo lo que tocó: los fundamentos teóricos de su campo,
la manera de enseñar economía al mundo, los rasgos y la dimensión de su departamento,
las prácticas de investigación del MIT y la vida de sus colegas y estudiantes,
dijo la presidenta del MIT, Susan Hockfiel, en un comunicado.
El libro de texto de la asignatura de Samuelson, Economía: una introducción a su análisis, ha sido traducido a 40 idiomas y vendió más de 4
millones de ejemplares desde que se publicó en 1948.
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la CABA no puede sino conmoverse por su
despedida y, al decirle su adiós, le agradece fervientemente su prolífera y excelsa
contribución a las ciencias económicas. |
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Nuevos títulos se
suman a la larga lista de publicaciones de EDICON - Fondo Editorial Consejo.
Aspectos impositivos de Asociaciones
Civiles y Fundaciones
El crecimiento del Tercer Sector producido en los últimos años trajo aparejado el
aumento de la intervención de los organismos de control en el quehacer de estos entes y,
por consiguiente, motivó la aparición de un número significativo de normas técnicas y
legales que rigen el funcionamiento de estas organizaciones.
Frente a este escenario y apuntando a brindar una herramienta de fácil lectura que
reuniera los conceptos básicos que hacen a los aspectos impositivos vinculados al
accionar de las asociaciones civiles y fundaciones, los autores Dres. Gecik, Maiolo,
Vanoli, Franzese, González y Baños concibieron esta obra que contiene toda la
normativa vigente.
Confesiones y confusiones sin
correcciones
En esta obra, única en su tipo, los autores, Alberto Levy y Gerardo Berriel, dialogan y
reflexionan sobre sus múltiples y riquísimas vivencias en el mundo de las
organizaciones. Éxitos, equivocaciones y anécdotas se mezclan en la conversación entre
dos amigos que, además de admirarse como colegas, se aprecian a la luz de valores
trascendentes compartidos y buscan comunicar lo que han capitalizado como protagonistas
atentos de sus vidas profesionales, inventariando al mismo tiempo cuánto tienen por
aprender y sobre todo por hacer. Una obra que se convertirá para el lector en
un material imprescindible. |
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Distinción de
la Legislatura de la Ciudad al Dr. Horacio López Santiso |
La Legislatura Porteña
sancionó la Ley 3282, por medio de la cual se declaró Personalidad Destacada en Ciencias Económicas de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires al Dr. Horacio López Santiso por su invalorable aporte a través de su actividad
científica, académica y profesional.
Como parte de su destacada trayectoria, se puede resaltar el cargo de Presidente de la
Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (1985-1989), el de
Presidente de nuestro Consejo Profesional durante tres períodos (1979-81, 1981-83 y
2001-04). También cumplió destacadas funciones en el sector público como auditor
interno de la Empresa Gas del Estado y como síndico concursal en la Justicia Nacional,
así como sobresalió por su desempeño como profesional en empresas privadas, como Gas
Pampeana S.A., y por los aportes académicos a través de los diversos libros publicados.
La trayectoria del Dr. López Santiso como profesional en Ciencias Económicas es tan
extensa como fructífera en igual proporción. Con sus múltiples aportes, ha sido, sin
lugar a dudas, uno de los más fervientes impulsores en la Argentina de la base
profesional que permitió desarrollar en el país y por extensión en toda la
región los preceptos de la contabilidad moderna.
Para mayor ilustración respecto de la proyección que trayectorias como las del Dr.
López Santiso le otorgan a nuestra profesión, se recomienda la lectura del Editorial de
la revista Consejo N°10 - noviembre 2009, escrita por el Dr. José Escandell, presidente
de nuestra Institución. |
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Ingresos Brutos |
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Solicitamos
Resolución interpretativa |
La Ley Tarifaria 3394
establece en su cláusula transitoria segunda, en materia de exención o tasa diferencial
a la actividad industrial, lo siguiente:
Dispónese la aplicación de lo establecido en el artículo 61 inciso 1 b) de la Ley
Tarifaria para el año 2009, para los ingresos obtenidos por la actividad industrial
desarrollada en establecimientos radicados en el territorio de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, debidamente habilitados por el Gobierno de la Ciudad, cuando la parte del
proceso industrial realizado por façoniers, terceros o confeccionistas no
supere el 10 % (diez por ciento) del total del proceso productivo. Esta disposición
tendrá vigencia retroactiva para los años no prescriptos.
Dado que, en virtud de lo expuesto, se han suscitado diversas dudas respecto del alcance
de la norma, y a efectos de que los contribuyentes, responsables y profesionales en
Ciencias Económicas puedan aplicar correctamente el dispositivo apuntado, evitando de esa
forma la generación de conflictos interpretativos que pudieran conspirar contra el
adecuado cumplimiento de las obligaciones tributarias, el Consejo Profesional remitió a la AGIP una nota mediante la
cual se requirió el dictado de al menos una Resolución interpretativa que exprese cuál
es su criterio al respecto. |
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Registro de la
Propiedad del Automotor |
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Certificación |
Se requiere
intervención profesional en la Declaración Jurada sobre licitud y origen de fondos.
Mediante Disposición 83/2010, la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la
Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (DNRNPACP) dispuso las normas
regulatorias de los controles a cargo de los Registros Seccionales de la Propiedad
Automotor en relación con la prevención del lavado de activos y la financiación del
terrorismo. El art. 5º de dicha disposición requiere, para los casos de operaciones que
involucren sumas superiores a los doscientos mil pesos ($ 200.000.-), que se acredite el
origen declarado de los fondos. Para ello, de acuerdo con el inciso b) del citado
artículo, se tendrá por válida una certificación extendida por Contador Público
matriculado.
Para acceder a un modelo de la mencionada certificación, haga
click aquí. |
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Certificado de
Inscripción en la Matrícula |
A partir del mes de
enero, cada profesional matriculado en nuestro Consejo podrá emitir su Certificado de
Inscripción en la Matrícula, de libre deuda y sanción desde el sitio Web del Consejo
siempre que se cumpla con los requisitos fijados.
Ingresando a MI CUENTA, en la parte superior de la portada principal, se accede a un menú
en el que figura tal opción.
Lo invitamos a requerir su Certificado, haciendo click aquí, desde su casa, trabajo, etc., y,
si así lo desea, enviarnos sus comentarios a matriculas@consejo.org.ar. |
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Administración de
consorcios |
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Pedimos
aclaración al Gobierno de la Ciudad |
El 9 de febrero,
nuestro Consejo envió una nota al Dr. Juan Manuel Gallo, Director General de Defensa y
Protección al Consumidor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con
referencia a una supuesta reciente publicación de una disposición con origen en esa
repartición (la Disposición N° 186 DGDYPC 2010), y merced a la cual se establecería un
curso de formación de Administradores de Consorcios con carácter obligatorio para
quienes se encuentren o deseen formar parte de la lista de administradores de consorcio
con carácter oneroso.
En dicha Nota se enfatiza que la Ley 20.488, que establece el marco legislativo para las
profesiones relacionadas con las Ciencias Económicas, prevé que la tarea en cuestión
la administración de consorcios de propiedad horizontal puede ser
desempeñada por un profesional en Ciencias Económicas, debidamente matriculado en su
Consejo respectivo.
Se hace saber además que, si bien la formación universitaria y los conocimientos que
recibe un profesional en Ciencias Económicas resultan más que suficientes para ejercer
la función de Administrador de Consorcios, nuestro Consejo se ocupa permanentemente de
brindar capacitación y actualización a
sus matriculados respecto de la
temática en cuestión, reforzando de esta manera las atribuciones conferidas por ley.
Dado que no resultaría prudente que una disposición emanada de un organismo dependiente
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encontrara en disidencia con
relación a lo que establece la Ley, la nota remitida por nuestras autoridades solicita
que se aclare que lo previsto en la Disposición N° 186 DGDYPC 2010, en oportunidad de su
publicación definitiva, no resulta de
aplicación para los profesionales en Ciencias Económicas matriculados en el Consejo
Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. |
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Nuevo mecanismo
para el cobro de libranzas judiciales |
En virtud de los
continuos reclamos de nuestra Institución tendientes a facilitar esta operatoria, el
Banco Ciudad se ha hecho eco de nuestros pedidos y dispuso un nuevo mecanismo para el
cobro de las libranzas judiciales.
Pago de Libranzas Judiciales con
Acreditación en Cuenta
Brinda la posibilidad de acreditar libranzas judiciales en pesos en cualquier banco del
sistema financiero argentino, indicando el CBU y CUIT del destino de los fondos. Para
montos menores de $10.000 el plazo de acreditación es de 24 horas y de 48 horas para
importes mayores. El beneficiario debe indicar al dorso de la libranza, de puño y letra,
de qué forma solicita el pago. Ejemplo: solicito se efectúe transferencia
,
especificando Nº de CBU y Titular de la cuenta, con firma y aclaración. El sistema
del Banco emite un comprobante de la operación para entregar al solicitante.
Las libranzas mayores o iguales a $1.000.000 serán abonadas únicamente mediante
depósito en cuenta.
Transferencia Interna (TRIN) para el
cobro de libranzas judiciales
Todos aquellos matriculados que posean una cuenta en el Banco Ciudad pueden dejar su
libranza al operador judicial y los fondos se acreditarán en su cuenta en 24 horas para
libranzas menores de $10.000 y en 48 horas para montos mayores. Para su utilización no es
necesario que el beneficiario se acerque a la sucursal: puede enviar la libranza con un
asistente siempre que al dorso de la misma indique de puño y letra de qué forma solicita
el pago. Ejemplo: solicito se efectúe transferencia
, especificando Titular y
Nº de la Cuenta, con firma y aclaración.
Instrumentación de los depósitos
judiciales
Este servicio es de utilidad principalmente para síndicos concursales e interventores
recaudadores.
Depósitos judiciales VÍA CBU
Contando con el CBU de la cuenta judicial en la que se debe efectuar el depósito, ya no
es necesario concurrir personalmente a la Sucursal Judicial. Desde cualquier cuenta que se
posea en otro banco, incluso en el interior del país, se puede transferir vía
electrónica el monto del depósito.
Instrumentación de la aplicación
Depósitos Judiciales Automáticos
Esta herramienta ha sido pensada principalmente para los estudios profesionales u
organismos que en la actualidad entregan en la Sucursal Judicial lotes de
boletas de depósitos para que sean procesadas por los operadores judiciales. Comprende
los casos en los que los estudios u organismos deben cumplir con una orden judicial de
traba de embargo sobre los sueldos de sus empleados y deben concurrir, mes a mes, a la
Sucursal Judicial y proceder al depósito de las sumas correspondientes. Ahora tendrán la
posibilidad de instalar esta aplicación en su Empresa/Organismo y transmitir al Banco,
vía FTP, un archivo encriptado conteniendo las transacciones de depósitos
judiciales.
Para solicitar la instalación de este aplicativo es necesario comunicarse vía mail a suc75@bancociudad.com.ar. La
instalación y el soporte técnico de esta herramienta son gratuitos. El costo por
operación es de 0,35% sobre monto, con un mínimo de $1,50 y un máximo de $5,00. |
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Lo bueno.
Criterio práctico y diligente del juzgado |
Una resolución
que facilita la labor del perito contador.
En los autos caratulados ICS COMERCIAL S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO S/ INCIDENTE DE
REVISIÓN (POR CONC. C/ CRÉD. DE ALFREDO JORGE STUART CARVAJAL PROD SA), Expdte.
N° 090763, en trámite ante el Juzgado Comercial Nº 10, Secretaría Nº 20, en el auto
de apertura a prueba se dispusieron varias medidas, tales como:
1) Aceptación del cargo: se prevé que el expediente pudiera no encontrarse en letra, en
cuyo caso se podrá requerirlo a la Secretaria o Prosecretaria al momento de comparecer el
experto a la mesa de entradas a fin de aceptar el cargo.
2) Se requiere a la concursada copia del escrito de demanda y contestación,
disponiéndose la reserva para el perito.
3) Se recuerda al perito retirar las referidas copias al aceptar el cargo.
4) Se dispone directamente establecer un monto en carácter de adelanto para gastos con
cargo de oportuna rendición por el perito. |
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De interés para
auxiliares de la Justicia |
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Acordada Nº
50/2009 CSJN |
Con fecha 22/12/2009,
los señores ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación acordaron:
Disponer que, desde el 1º de enero y hasta el 31 de diciembre de 2010, todos los
documentos oficiales del Poder Judicial de la Nación serán precedidos por la
denominación Año del Bicentenario.
Ello porque, con motivo de la conmemoración del segundo centenario de la Revolución de
Mayo de 1810, ese Tribunal entiende que corresponde participar en la evocación de
aquellos hechos que dieron origen a la Patria y a sus instituciones. |
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en el próximo
mes de junio de 2010 tendrá lugar en el marco de la celebración del 200° Aniversario de
la Revolución de Mayo, organizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de
la CABA, el 18° Congreso Nacional de Profesionales en Ciencias Económicas?
por primera vez, y a propuesta de nuestro Consejo, se incluyó en el ÁREA VII:
Política, Educación y Desarrollo Profesional el capítulo El matriculado con
discapacidad. Su integración al medio laboral y profesional?
la problemática propuesta afecta a una parte de nuestros matriculados, limitando
su inserción en el medio profesional y social?
Por ello Resulta primordial aportar ideas que permitan la plena integración de dichos
colegas a las actividades laborales y sociales que forman parte de nuestras profesiones.
Invitamos a todos los matriculados a presentar trabajos y ponencias sobre esta temática
en el marco de tan prestigioso evento. |
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