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Publicaciones - El Consejo Actúa |
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Comisión de Estudio de Reformas a la Ley de Concursos y
Quiebras |
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El Consejo envía un
representante |
El pasado 14 de junio,
este Consejo envió una nota al jefe del gabinete de asesores del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos, Dr. Juan Antonio Travieso, referida a la Comisión de Estudio de
Reformas a la Ley de Concursos y Quiebras.
En dicha nota, las autoridades de esta Institución informaron que se ha designado al Dr.
Juan Ulnik para concurrir a esa comisión en representación de este Consejo Profesional.
Finalmente, expresaron que se constituyó un grupo de apoyo integrado por los Dres. José
Calviño, Enrique Kiperman, Susana Prisant y Armando Stolkiner. |
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Un éxito señalado
de la profesión |
El pasado 17 de julio,
se publicó en el Boletín Oficial el texto del Decreto N° 1269/02 del Poder Ejecutivo
Nacional, en el que se recogieron los pedidos efectuados en varias oportunidades por este
Consejo sobre los siguientes temas:
1) La necesidad de suspender la aplicación de los artículos
94 inciso 5° y 206 de la LSC, disolución por pérdida total del patrimonio o por
reducción obligatoria del capital (con fecha de vencimiento 10/12/2003). |
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2) La reposición de la reexpresión de estados contables
para reflejar las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda dispuesta por este
Consejo el 6/03/02 (M.D. N° 3/02) a partir del 31/3/02 inclusive. El nuevo decreto
autoriza a los organismos de control a recibir los estados contables con la reexpresión
citada. |
Cabe destacar que las
comisiones especializadas están trabajando para lograr que los problemas originados por
la devaluación, la pesificación asimétrica y la inflación tengan adecuado tratamiento
impositivo. En algún caso, en colaboración con el Gabinete Fiscal que depende del
Ministerio de Economía. |
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Ley de Arbitraje |
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Ofrecemos nuestra
opinión |
Con relación al
Proyecto de Ley de Arbitraje, las autoridades de este Consejo enviaron una nota a la
presidenta de la Comisión de Legislación General del Senado de la Nación.
El motivo de la misma era informarle que se ha designado a los Dres. Rodolfo Duffy,
Alberto Jambrina, Juan Borgo y Orlando Ocampo para aportar a esa comisión opiniones
que hacen a la redacción del Proyecto de Ley mencionado. |
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Las autoridades del
Consejo y la Coordinadora de Actividades Mercantiles Empresarias (CAME) firmaron un
acuerdo marco el pasado 11 de julio.
El objetivo de este acuerdo marco es colaborar en la implementación de programas de
capacitación para que los profesionales en Ciencias Económicas y las empresas del sector
del comercio minorista y los servicios conexos accedan a éstos mediante cursos,
seminarios, talleres o conferencias, para que puedan alcanzar un mayor nivel de
competitividad y así coordinar acciones para establecer proyectos de centros comerciales. |
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Tribunal Fiscal de la Nación |
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Aceptan nuestras
recomendaciones |
En una nota enviada al
subsecretario de Ingresos Públicos, Dr. Eduardo Ballesteros, las autoridades de este
Consejo manifestaron su beneplácito por el Dictamen Final elaborado por la
Comisión creada de acuerdo con la Resolución (ME) 28/2002. Dicha Comisión tuvo por
objeto optimizar el funcionamiento del Tribunal Fiscal de la Nación y se manifestó en
línea con lo recomendado en el Primer Simposio sobre Legislación Tributaria Argentina.
Además, en dicha nota se puntualizan algunos considerandos de las conclusiones de dicho
Simposio, llevado a cabo entre el 21 y el 24 de marzo de 1999. Estos considerandos,
expresados por la Comisión N° 6, que trató el tema Tribunal Fiscal de la
Nación en esa reunión, fueron los siguientes:
Que los
graduados en Ciencias Económicas en el campo tributario-aduanero son profesionales
entrenados y expertos en el conjunto de leyes que conforman el sistema impositivo, en las
normas que regulan cada impuesto en particular y en el juego de las disposiciones
necesarias para discutir las controversias entre ambas partes de la relación
jurídico-tributaria...
...Que no existe justificativo válido para formar Salas Aduaneras del Tribunal Fiscal
integradas exclusivamente por abogados, y tampoco existe justificativo válido para
apartar a los profesionales en Ciencias Económicas del conocimiento pleno de la materia
aduanera en todas sus implicancias, incluidas las etapas de controversia jurisdiccional
administrativa. |
Por otra parte, al cierre de
esta edición, se preveía una reunión entre las autoridades de este Consejo Profesional
con esa Subsecretaría, dando respuesta así a lo solicitado en una nota del mes de mayo
(tal como lo informáramos en El Consejo Actúa de junio). |
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Dificultades |
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Factura de crédito |
A pesar de los pedidos
de prórroga efectuados por el Consejo, la Factura de Crédito entró en vigencia el 1°
de julio con las consiguientes dificultades.
A continuación hacemos una reseña de las notas enviadas a las autoridades.Solicitud de prórroga
Se estima conveniente disponer una nueva prórroga de no menos de 90 días a partir
de su actual vigencia, dando de esta forma tiempo a los contribuyentes para adecuar los
procedimientos administrativos correspondientes. Así se expresó este Consejo
Profesional en relación con la puesta en vigencia del régimen de Factura de Crédito.
Este pedido se realizó a través de notas, del mismo tenor, enviadas el pasado 21 de
junio a los titulares del Ministerio de Economía de la Nación y de la Administración
Federal de Ingresos Públicos, y al subsecretario de Ingresos Públicos, Dres. Roberto
Lavagna, Alberto Abad y Eduardo Ballesteros, respectivamente, y en las que el Consejo
basó su solicitud en que el Decreto 1202/02 que modifica la Ley 24.760 y el
D.363/02 fue publicado en el Boletín Oficial con fecha 13/06/2002 y la Resolución
General N° 1303 se publicó el 18/06/2002, faltando aún el dictado de la Resolución del
Ministerio de Economía disponiendo la nómina de las actividades excluidas y la nómina
de los medios de pago cancelatorios.
Por ello, dada la proximidad de su entrada en vigencia (01/07/2002) no existe tiempo
material para poder implementar en forma obligatoria este régimen, más aún cuando
todavía no se conocen las normas reglamentarias en su totalidad.
Finalmente, el Consejo expresó que el régimen de Factura de Crédito debe
funcionar correctamente evitando que los contribuyentes puedan caer en incumplimientos no
deseados. |
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Decretos 1384/01 y 338/02 |
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Deudas previsionales
e impositivas |
El pasado 27 de junio,
el Consejo solicitó al Dr. Alberto Abad, titular de la Administración Federal de
Ingresos Públicos, considerar los pagos como ingresados en término. Este
pedido se relaciona con las disposiciones establecidas por las RG 1159 y
modificaciones y 1221, y los decretos 1384/01 y 338/02, en tanto prevén fechas de
ingresos diferentes para deudas previsionales y deudas impositivas, lo que ha motivado en
algunos casos que erróneamente se ingresara todo en el segundo de los vencimientos, es
decir el día 22, cuando en realidad correspondía el 15.
Asimismo, las autoridades de este Consejo Profesional expresaron: solicitamos un
plazo próximo para regularizar cuotas impagas, restableciéndose la vigencia de los
planes caducos, en atención a la grave situación económica de los contribuyentes y a la
buena disposición de quienes ingresaron al sistema voluntariamente. |
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Resolución General 663 y modificaciones |
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Constancias de
inscripción |
El Consejo envió una
nota al titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Dr. Alberto Abad, en
relación con la no distribución de las nuevas Constancias de Inscripción y
Credencial Fiscal para que todo el universo de contribuyentes y/o responsables
exterioricen su condición de inscriptos en los distintos tributos y/o regímenes a cargo
de este organismo.
Este régimen, creado a través de la RG 663, posteriormente prorrogada por las RG 864 y
1197 por motivos de orden presupuestario para la distribución de dichas constancias,
de-bió regir a partir del 1° de julio de 2002.
Por ello, este Consejo solicita una nueva prórroga hasta tanto ese Organismo haya
distribuido a la totalidad de los contribuyentes las Constancias de Inscripción o
Credencial Fiscal. |
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Con respecto a la
información incluida en El Consejo Actúa de junio, cabe aclarar
que las normas del Código de Ética vigente se refieren a la actuación profesional de
los integrantes de cualquiera de las cuatro profesiones habilitadas en nuestro Consejo y
su modificación dependerá de los estudios que se realicen al efecto.
Por otra parte, las normas de práctica profesional, para cualquiera de las citadas
profesiones, surgen de los estudios correspondientes y de la aprobación que, en su
momento, emita el Consejo Directivo.
Con respecto a los contenidos de las carreras de grado, son responsabilidad de las
autoridades de cada una de las casas de estudios con las cuales este Consejo considera
apropiado colaborar. |
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Demanda de ciclos en
aumento |
La demanda de los
ciclos de actualización profesional que dicta la Escuela de Educación Continuada (EEC)
del Consejo se incrementó notoriamente.
Esto puede observarse en la amplia repercusión que tuvieron los ciclos sobre Nuevas
Normas Contables Profesionales y Estados Contables en Moneda Homogénea, que ofrece
esta Escuela desde el mes de marzo. Se han dictado, hasta el momento a cupo completo, 25
ciclos, a los que se sumaron otros 4 para aquellos matriculados que no pudieron cursar los
que ofreció la EEC.
Además, en el mes de junio, la asistencia en Área de Contabilidad y
Auditoría se quintuplicó con respecto al mismo mes del año anterior.
La EEC seguirá ofreciendo un amplio abanico de posibilidades de capacitación profesional
a los matriculados interesados en actualizar y profundizar sus conocimientos. |
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