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Publicaciones - El Consejo Actúa

ECA - Junio 2002
Incumbencia profesional
Siniestros y averías
En una nota enviada al titular de la Superintendencia de Seguros de la Nación, Dr. Claudio O. Moroni, el Consejo expresó que “la actuación de liquidadores de siniestros y averías a cargo de personas que no posean título de Contador Público debe –como máximo– quedar circunscripta a cuestiones que no fueran materia de controversia entre aseguradores y asegurados, y que en todos los casos en que se planteara controversia judicial o extrajudicial es imprescindible la intervención profesional del Contador”.

Esta solicitud se basa en que la “Ley 20.488 que regula el ejercicio de las profesiones relacionadas con las Ciencias Económicas, en su artículo 13 inciso a), restringe la actuación profesional al caso de ‘Liquidación de Averías’, que es un concepto propio del seguro de transporte marítimo y más concretamente aplicable a las denominadas ‘Averías Gruesas’ (o comunes), mientras que el inciso b)2 del mismo artículo comprende a las ‘Averías y Siniestros’”.

Además, las autoridades del Consejo expresaron que “la liquidación de un siniestro es una tarea multidisciplinaria y podrían ser necesarios informes de arquitectos, ingenieros en sus diversas especialidades, abogados, etc.; es ineludible la intervención del Contador Público que efectúe todos los cálculos monetarios que determinen los daños en relación con las modalidades de póliza”.

Finalmente, entienden que “es necesario el dictamen de Contador Público, previsto en el art. 13° inciso a) apartado 7, e inciso b) apartado 7 de la Ley 20.488 citada”.
VI Congreso de Administración
La Administración en la Era del Conocimiento
Con una asistencia de casi 900 personas se llevó a cabo entre el 12 y el 14 de junio pasados el VI Congreso de Administración, con carácter nacional e internacional, cuya consigna fue “La Administración en la Era del Conocimiento”.

Los temas que se desarrollaron apuntaron a “Estrategias de negocios en los actuales escenarios”; “Flujo de capitales y nuevas oportunidades para el desarrollo empresario”; “Administración y conocimiento: nuevas realidades y nuevos retos”; “Negociación y comunicación para una integración efectiva”; “Complejidades de la Globalización: el desafío tecnológico y la transformación del trabajo en la era del conocimiento” y “Gestión del conocimiento: del discurso a la acción”.

El objetivo de este congreso fue debatir y generar aportes sobre el estado actual y las tendencias de las teorías y las prácticas en Administración. Se analizaron las transformaciones organizacionales, los avances tecnológicos y diversos cambios que se suceden en el mundo de los negocios en el sector público, social y profesional.
Decreto 316/95
Pedimos la derogación
En notas enviadas a los ministros de Economía y de Justicia, Dres. Roberto Lavagna y Jorge Vanossi, respectivamente, las autoridades del Consejo expresaron: que se “impulse la derogación del Decreto 316/95, que impide a los organismos de control la presentación de estados contables en moneda homogénea, como lo dispone el art. 62 in fine de la ley 19.550 (LSC)”.

Finalmente, se reitera en ambas notas la “necesidad de que, en virtud de los efectos que la pérdida en el poder adquisitivo de la moneda tiene en los estados contables de las empresas, se analice la posibilidad de disponer la suspensión de la aplicación de los artículos 94 (inciso 5) y 206 de la LSC”.
Biblioteca Digital
Es el acceso inmediato a la información imprescindible para la capacitación profesional y el desempeño laboral.

Este nuevo servicio ha tenido una óptima aceptación entre los matriculados, ya que ofrece una excelente alternativa para obtener un material imprescindible para la interpretación y aplicación práctica de la normativa vigente, presentado en un disco compacto y a través de nuestra Web.

Dado que,
a partir del próximo 1 de julio de 2002 entrará en vigencia el régimen obligatorio de Factura de Crédito, con las modificaciones que han anunciado las autoridades nacionales y que serán de aplicación las normas que ponen nuevamente en vigencia el ajuste de los estados contables, para los cierres producidos a partir del 31/03/2002, hemos realizado una EDICIÓN ESPECIAL con todas las conferencias que se han dictado hasta la fecha sobre ambos temas. Los usuarios de esta nueva modalidad de acceso dispondrán de las futuras actualizaciones con las normas que se dicten próximamente a través de nuestra Web.

Además, continúa la
Colección TRIBUTACIÓN, donde se encuentran disponibles las ediciones de marzo, abril y mayo, y próximamente la de junio, que presentan todo el contenido de las reuniones de Actualidad Tributaria, Práctica Tributaria Profesional y Reuniones con Especialistas en Tributación.

El contenido detallado de cada edición así como los valores de aranceles diferenciados para los clientes de Internet o asistentes a los ciclos pueden ser consultados en nuestro sitio.
Vencimiento de presentaciones
Operaciones de importación y exportación
Las autoridades de nuestro Consejo enviaron una nota al titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Dr. Alberto Abad, solicitando una prórroga de 60 días en el plazo establecido para la presentación de las declaraciones juradas de las operaciones de importación y exportación, RG (AFIP) 1122 y su modificatoria RG 1227, con vencimiento a partir del 3 de junio, de acuerdo con lo que se detalla a continuación:
a) F 741 correspondiente al primer semestre de los ejercicios fiscales iniciados entre el día 1° enero de 2001 y el 1° de junio de 2001, ambas fechas inclusive.
b) F. 741 correspondiente al segundo semestre del ejercicio fiscal iniciado el 1° de enero de 2001.
c) F. 742 correspondiente a los ejercicios iniciados entre el 1° de marzo de 2001 y el 1° de junio de 2001, ambas fechas inclusive.
d) F. 743 correspondiente a los ejercicios iniciados entre el 31 de diciembre de 1999 y el 1° de enero de 2001, ambas fechas inclusive.

El motivo de este pedido se basa en “la intensa labor que requiere la confección del aplicativo a utilizar - ‘Operaciones Internacionales - Versión 1.0 - Release 2’ - y la gran cantidad de trabajo a la que se encuentran sometidos los contribuyentes y profesionales por los vencimientos recientes”.

En otra nota, con fecha 30 de mayo, se reitera el pedido anterior y se agrega que dicha solicitud “no afecta el interés fiscal” y que “permitirá evitar a los contribuyentes incumplimientos formales no deseados en los que podrán incurrir dado el intenso trabajo de quienes tienen a su cargo la elaboración de los informes respectivos”.

Ley 25.885
Adecuación del régimen de anticipos
Las autoridades del Consejo solicitan la “urgente modificación del régimen de anticipos establecido en la RG 327, adecuando la base del cálculo del presente año fiscal”.

Este pedido se basa en que “la Ley 25.885 establece un nuevo impuesto sobre los bienes personales que considera la tenencia de acciones y otras participaciones sociales en forma independiente al resto de los conceptos sujetos a imposición”.

Esta solicitud se realizó a través de una nota enviada al titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Dr. Alberto R. Abad, en la que también el Consejo expresó que “en función de que el vencimiento del 1er. anticipo se encuentra previsto por la RG 1187 para el próximo 13 junio, si no se hubiera resuelto el tema a esa fecha, se solicita la prórroga de su ingreso hasta que se modifique la normativa en cuestión. De lo contrario, los contribuyentes se verían obligados a forzar una opción de reducción de anticipos, situación que no corresponde al caso planteado”.
Tribunal Fiscal de la Nación
Competencia en materia aduanera
Las autoridades de nuestro Consejo solicitaron una entrevista al subsecretario de Ingresos Públicos, Dr. Eduardo Ballesteros, a través de una nota enviada el pasado 15 de mayo, con respecto al “proyecto de reforma de la ley de Procedimiento Tributario en aspectos referidos al Tribunal Fiscal de la Nación”.

El Consejo fundamenta su solicitud en que “dentro de las modificaciones propuestas se le otorga al Contador Público la posibilidad de actuar ante ese Tribunal Fiscal en materia aduanera, unificándose asimismo la competencia de las Salas”.
Actuarios
La Asociación Actuarial Internacional (AAI) exige a todas las asociaciones profesionales que son miembros titulares de ésta, como lo es este Consejo, un código de ética que responda a ciertas exigencias relacionadas con un proceso oficial de disciplina; un proceso oficial de adopción de normas de práctica profesional, y asegurar que para el año 2005 sus procesos de acreditación de actuarios, plenamente calificados, estén de acuerdo con las guías de educación curricular de la AAI.

Por ello, la Comisión de Actuación Profesional - Actuarios del Consejo desempeña tareas relacionadas con el establecimiento de normas de actuación profesional y la colaboración en el desarrollo de un nuevo Plan de Estudios para la carrera de Actuario que cumpla con los contenidos establecidos por la AAI.

A ese efecto, la Comisión ha preparado un documento denominado “Prop Syllabus UBA-CPCE”.

Los actuarios matriculados pueden participar de las actividades de la comisión antes mencionada.

Los interesados en obtener información sobre los contenidos curriculares y las normas profesionales de las distintas asociaciones profesionales de actuarios lo podrán hacer ingresando en la página Web de la Asociación Actuarial Internacional: www.actuaries.org.
Al servicio del profesional
El CIB no para
El Centro de Información Bibliográfica (CIB) del Consejo recibió 6504 consultas en el pasado mes de abril.

Según el catálogo del CIB en Internet, se registraron unas 1865 personas y unos 3038 usuarios consultaron el catálogo de UNIRED en Internet.

Los profesionales interesados podrán acceder a los servicios del CIB ingresando a nuestro sitio Web, o bien dirigirse personalmente a Viamonte 1549 6° piso o comunicarse telefónicamente al 5382-9358 en el horario de 9 a 20.
Asesoría Técnica
En el siguiente gráfico, se puede observar la afluencia de matriculados que asisten al sector de Gerencia Técnica para consultar a los asesores especializados en distintos temas del ejercicio profesional.

Se incrementan los importes
Subsidios de Apoyo Social
A partir del 1° de junio de 2002, este Consejo Profesional ha resuelto incrementar los importes de los subsidios de adopción, fallecimiento de hijo del matriculado y ayuda escolar al hijo del matriculado fallecido o con discapacidad mayor.

Por Res. M.D. 8/2002 se establecieron los nuevos valores: adopción $ 500 (pesos quinientos); fallecimiento de hijo del matriculado $ 1000 (pesos un mil) y ayuda escolar al hijo del matriculado fallecido o con discapacidad mayor $ 150 (pesos ciento cincuenta) mensuales.

Para mayor información, los interesados deberán ingresar al sitio Web del Consejo o bien podrán realizar las consultas personalmente en el sector Subsidios, Viamonte 1549 PB, de 9 a 18.30, o comunicarse telefónicamente al 5382-9428.
Síndicos concursales
Nueva confección de listas
Con fecha 17 de junio de 2002, las autoridades de este Consejo enviaron una información a los medios de comunicación matutinos, de interés para los síndicos concursales, en relación con su actuación por el período 2001-2004. A continuación se transcribe el texto publicado:

“Se les hace saber a los señores síndicos concursales en listas vigentes de actuación por el período 2001-2004 seleccionados por antecedentes y cursos de posgrado (categorías “A” y “B”) y a los fines que corresponda, que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial de la Capital Federal por Acuerdo celebrado el 5 de junio pasado y que nos fuera notificada con fecha 10 de junio, ha dispuesto la conformación de una nueva nómina de síndicos para actuar a partir del 01/07/02 y hasta el 31/12/04 inclusive, la que se encuentra a disposición de los señores matriculados en nuestra página Web, en la cartelera de nuestra Institución y en la del propio Tribunal”.

Inspección General de Justicia
Unidades de autoconsulta
Por acuerdo con el Ente de Cooperación Técnica y Financiera de la Inspección General de Justicia se ha resuelto la instalación en el edificio del Consejo Profesional de dos unidades de autoconsulta. En ellas, los matriculados podrán comunicarse con la “página electrónica oficial” de la Inspección General de Justicia a efectos de realizar consultas y tomar conocimiento del estado de los trámites.

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